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Castellón, 16/07/05

El fiscal insiste en que el alcalde de Vila-real "no quiso actuar" ante las reiteradas denuncias por ruido

M. FABRA
El fiscal mantuvo ayer su petición de ocho años y medio de inhabilitación para el alcalde de Vila-real, Manuel Vilanova (PP), por un presunto delito de prevaricación. En su informe final tras el juicio celebrado en la Audiencia de Castellón, el fiscal insistió en que Vilanova "no quiso actuar" ante las denuncias presentadas por un matrimonio por la contaminación acústica que sufrían en su domicilio y que procedía, según los denunciantes, de la fábrica Rocersa, ubicada en un polígono industrial cercano. Según el fiscal, ha quedado acreditado que la empresa carecía de licencia entre 1995 y 1998 para desarrollar la actividad de cogeneración, sistema que los denunciantes señalaron como origen del ruido. Según la acusación pública, "el alcalde debía tener conocimiento" de esta carencia y, "sin embargo, no comprobó nada". En su opinión, el ingeniero municipal "o fue responsable de que el alcalde no adoptase medidas, o, si le informó, se trató de desvirtuar la información".

En cuanto al responsable de la empresa Rocersa, Pedro Llop, acusado de un presunto delito contra el medio ambiente, el fiscal sostuvo que es responsable por la emisión de ruidos y por desarrollar "una actividad clandestina". Y consideró "sorprendente" que el cierre de la actividad de cogeneración no se decretase hasta 1998, cuando ya llevaba siete años funcionando.

La acusación particular pidió, de forma subsidiaria al delito de prevaricación medioambiental, que podría llevar al alcalde a la cárcel, el de prevaricación genérica, por el que solicitó 10 años de inhabilitación. La acusación considera a Vilanova autor de un delito de prevaricación, "independientemente de si ha habido o no un delito contra el medio ambiente". Además, califica de "evidente" que la central funcionó sin licencia y que el alcalde no actuó a pesar de que hubo "muchas demandas de auxilio a través de denuncias".

La defensa de Vilanova afirmó que no ha existido delito contra el medio ambiente ya que, según dijo, no se puede confirmar que el ruido procediera de la empresa denunciada y que "si no existe un delito contra el medio ambiente, tampoco puede haber un delito de prevaricación". Además, sostuvo que el alcalde "obró en consecuencia con lo que le dijeron los técnicos municipales". La defensa del gerente de la empresa reiteró su solicitud de absolución, con lo que el juicio quedó visto para sentencia.

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