Hoy Ruidos.org: la lucha contra el ruido
Índice de noticias sobre el ruido
Noticias de este mesNoticias del último mes

Badajoz, 12/07/05

Ratificada la condena al ex alcalde de Villanueva del Fresno por prevaricación

La Audiencia Provincial desestima el recurso y ratifica el fallo que le imponía un año de prisión por no cerrar un bar que sobrepasaba el nivel legal de ruido

M.M.

La Audiencia Provincial de Badajoz ha ratificado la condena al ex alcalde de Villanueva del Fresno, Emilio Gómez, por un delito de prevaricación medioambiental.

La Audiencia confirma la sentencia dictada en noviembre de 2004 por la juez titular del Juzgado número 1 de Badajoz, que condenaba a Emilio Gómez a un pena de un año de prisión, y una inhabilitación especial para cargo público de 7 años. La misma sentencia condenaba a Esther Perera Fernández, que regentaba el bar que causaba lo ruidos, a dos años de prisión por un delito contra el medio ambiente. También se le impone una multa de 2.880 euros. Entre ambos deberán pagar una indemnización de 12.000 euros a la familia que vivía encima del bar y que denunció los ruidos de éste.

La condena al ex alcalde y a la persona que regentaba el bar se basa en el hecho de que mantuvieron abierto el establecimiento a pesar de que las mediciones de los técnicos consideraban los niveles de ruido muy superiores a lo soportable. La medición de ruidos que realizan técnicos de la Junta en abril de 2001 concluye con que existe un nivel de ruidos «intolerable». Informes realizados en meses posteriores concluyen que existe un equipo musical que no está permitido en ese tipo de locales, e insiste en que se produce un ruido «intolerable» para las personas que viven en el piso superior al bar.

Lo conocía desde 2001

La condena al ex alcalde se sustenta en que desde enero de 2001 conocía el problema de ruidos que generaba el local y a pesar de ello le concede sucesivas autorizaciones provisionales de funcionamiento. El 28 de febrero de 2002 le concede una en una resolución que el tribunal califica como «ilegal, injusta y flagrante». En abril de 2002 vuelve a repetirse la situación y vuelve el alcalde a firmar un autorización que la sentencia denomina como «ilegal, injusta y patente».

Según el tribunal, «ha quedado acreditado que la conducta del inculpado ha supuesto una infracción consciente y voluntaria» de la normativa de ruidos de la comunidad autónoma extremeña.

Hasta doce denuncias

La familia que vivía encima del bar en cuestión presentó hasta doce denuncias en instancias oficiales en protesta por los altos niveles de ruido que sufría en su vivienda. Hicieron mediciones no sólo técnicos de la Junta de Extremadura, sino agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), de la Guardia Civil. Según el pronunciamiento de los tribunales, los niveles de ruido sufridos ocasionaron daños en la de salud a los denunciantes, con problemas de ansiedad e insomnio que exigieron un tratamiento médico. El Ayuntamiento de Villanueva del Fresno es responsable civil subsidiario en el pago de la indemnización de 12.000 euros, por cuanto Emilio Gómez era alcalde en el momento en que se produjeron los hechos juzgados. La sentencia dictada por la Audiencia Provincial es firme.

La pena más grave, la inhabilitación por siete años

También es condenada a dos años de cárcel la persona que regentaba el local

M.M.

Emilio Gómez no tendrá que ir a la cárcel para cumplir la condena que le impone la Audiencia Provincial, porque el ingreso en prisión se suspende al ser inferior a dos años. Pero sí deberá cumplir una pena añadida: la inhabilitación de siete años para ejercer cualquier cargo público. Eso supone que no podrá continuar como concejal del Ayuntamiento de Villanueva del Fresno.

Emilio Gómez fue alcalde, con el SIEX, hasta la última convocatoria electoral, en mayo de 2003, en que ganó los comicios el Partido Socialista. En estos momentos es concejal y la sentencia dictada el pasado 15 de junio, y que ya es firme, supondría la obligación de renunciar al cargo en el momento en que se ejecute el fallo.

Poco frecuente

La sentencia que condena a Emilio Gómez es poco frecuente, aunque las denuncias de vecinos sobre ruidos de bares estén a la orden del día. Pero son pocos los casos que llegan a los tribunales y son enjuiciados en el ámbito penal. En ocasiones, la denuncia se sustancia en el terreno administrativo.

Hay ya, no obstante, condenas del Supremo por ruido. La legislación extremeña establece que el nivel de ruido permitido en horario nocturno no puede sobrepasar los 30 decibelios. Cuando llega a 36 se considera que ya existe un «daño grave». Este umbral era sobrepasado en las repetidas mediciones que se hicieron en la vivienda de Villanueva del Fresno. En algunas estancias se registraron ruidos de hasta 49 decibelios, muy por encima de lo permitido.

Más noticias de este mes | Último mes | Índice general de noticias
Página principal de ruidos.org