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Benavente, 10/07/05

La familia afectada durante 6 años por los ruidos de un pub pedirá una indemnización municipal

Consideran al Ayuntamiento responsable civil subsidiario y reclamarán daños y perjuicios si las diligencias instruidas concluyen en vista en el Juzgado de lo Penal

J. A. G.

La familia que durante años padeció las emisiones de ruidos nocturnos producidas por un pub de la calle de Los Carros reclamará daños y perjuicios a los sucesivos propietarios del establecimiento y al Ayuntamiento de Benavente. El letrado de los denunciantes considera a la Administración local benaventana responsable civil subsidiaria de las molestias que especialmente los fines de semana y durante seis años sufrió esta familia, que tuvo que mudarse de vivienda.

El Juzgado de Instrucción número 2 de Benavente ha dictado auto de procedimiento abreviado imputando un delito contra el medio ambiente a los tres dueños sucesivos del pub y archivando provisionalmente la denuncia por prevaricación imputada por los denunciantes a los miembros de la anterior Comisión de Gobierno del Partido Popular. La juez ha considerado que no había elementos suficientes que permitiesen apreciar el elemento subjetivo de dolo que este tipo de delito requiere.

La resolución concedía un plazo de tres días para la interposición de recurso de reforma y al menos uno de los tres propietarios imputados ha hecho uso de este derecho. Además del recurso de reforma cabe, en caso de ser rechazado, la interposición de otro subsidiario de apelación, por lo que hasta que no se conozca la resolución definitiva y su resultado no se determinará si las diligencias se sobreseen o si se produce la apertura de juicio oral.

En el caso de que el procedimiento continúe su curso ya en el Juzgado de lo Penal, el abogado de la familia denunciante hará constar en su escrito de calificación la reclamación de una indemnización por las molestias causadas a sus clientes durante este tiempo. Se la exigirá a los imputados, pero también, como responsable del cumplimiento de la normativa, al Ayuntamiento de Benavente.

En el auto de apertura de procedimiento abreviado se considera probado que los titulares del pub situado en el número 2 de la entonces calle Portugal, denominado "Ecoss" (1995-1999); "Capote" (1999-2001) y "La Guira" (2002-2002), consintieron presuntamente y de manera reiterada que, fundamentalmente, durante las noches de los fines de semana el equipo de música instalado en el bar emitiera niveles de ruido por encima de los permitidos tanto en la normativa regional como en la local.

Ambas normas establecen como límite de emisión durante la noche 30 decibelios cuando se transmita a dormitorios, piezas de descanso y estudios, y de 35 decibelios para pasillos aseos y cocina. El límite de emisión de 80 decibelios que los tres propietarios sucesivos tenían que observar en cumplimiento de los establecido en las licencias de apertura por cambio de titularidad fue reiteradamente superado, según la resolución judicial.

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