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Barcelona, 08/01/04

Los municipios no tienen potestad para limitar el ruido de las motos

El Síndic recuerda que las directivas europeas fijan el máximo permitido
El Síndic de Greuges, Anton Cañellas, ha elaborado un estudio [Texto completo en catalán | Resumen en catalán | Texto completo en castellano | Resumen en castellano] sobre el control del ruido de las motocicletas en el que concluye que los municipios no pueden establecer límites sonoros, sino que deben atenerse a lo que establece la directiva europea en la materia.

Cañellas decidió abrir una actuación de oficio sobre el ruido de las motos, a raíz de una consulta formulada por el Defensor del Ciutadà de Mataró, ciudad en la que el ayuntamiento fijó una frontera sonora por debajo de lo que establece la norma europea.

Hasta 76 decibelios
La directiva 97/24 regula unos valores límite sonoros de 66 decibelios para vehículos de dos ruedas con una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora; de 71 decibelios para una velocidad superior a los 25 kilómetros por hora y de 76 decibelios para los de tres ruedas. Mataró fijó valores inferiores en una ordenanza municipal, lo que motivó que en los años 2000 y 2001 fuesen multados cerca de una docena de motoristas.

El argumento que utiliza el defensor del pueblo catalán para llegar a esta conclusión es que una motocicleta no es algo estático, sino que se mueve y por ello puede circular por varias poblaciones. Por esta obvia razón, concluye, sería absurdo que tuviera que regirse por distintos criterios limitativos en función del municipio por el que circula. Por contra, en otros casos de bienes estáticos, como por ejemplo el ruido que se permite a un bar, no es necesaria esa unidad de criterio municipal.

La conclusión del Síndic en lo que a motocicletas se refiere es que las normas municipales "no pueden fijar valores más restrictivos que los que resulten de la trasposición de la directiva".

Ultimas actuaciones
El Síndic ha remitido su dictamen a la Federació de Municipis de Catalunya y a la Associació Catalana de Municipis i Comarques, por si hubiese otros ayuntamientos distintos al que ha provocado este estudio que también haya fijado limitaciones inferiores a las que marca la norma europea.

Probablemente, ésta sea una de las últimas actuaciones de oficio que emprende Anton Cañellas, ya que su mandato --prolongado por el Parlament-- prescribe dentro de un mes. A finales de febrero o primeros de marzo, la Cámara catalana nombrará a un nuevo Síndic.

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