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Andalucía, 26/03/2002

La Junta permitirá a los ayuntamientos acortar el horario de cierre de locales públicos en zonas de movida

El consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía, Alfonso Perales, anunció que la nueva orden de horarios de apertura y cierre de establecimientos públicos, que entrará en vigor el próximo 1 de mayo, establecerá una horquilla de dos horas para que los ayuntamientos puedan tanto "acortar" los horarios generales en zonas acústicamente saturadas como "ampliarlos" con ocasión de fiestas patronales, ferias, Semana Santa o Navidad.

En rueda de prensa, Perales explicó que la nueva orden, que desarrolla la Ley de Espectáculos y Actividades Recreativas y actualiza la norma vigente desde 1987, establece un régimen general de horarios "sin distinción entre temporada alta y baja" y un régimen especial para establecimientos públicos ubicados en zonas turísticas, carreteras, aeropuertos, estaciones u hospitales.

Junto a ello, el decreto fija una limitación específica contra la expedición de bebidas y comidas en terrazas y veladores más allá de las dos de la madrugada y prohíbe que los bares con música y discotecas puedan abrir al público antes de las 12.00 horas con el objetivo de eliminar los "after hours", que actualmente "violentan" las normas vigentes abriendo a partir de las 06.00 horas.

De este modo, a partir del próximo 1 de mayo, el horario de cierre para bares y restaurantes en Andalucía será a las dos de la madrugada (una hora más viernes y sábados); las tres para pubs y bares con música (una hora más viernes y sábados); las seis para discotecas y salas de fiesta (una hora más viernes y sábados); y las dos para las discotecas "sin alcohol" para jóvenes (una hora más viernes y sábados).

Según el titular de Gobernación, que defendió la necesidad de evitar "medidas espectaculares pero inaplicables" en esta materia, el decreto de la Junta persigue garantizar "el derecho al descanso y evitar molestias" a los ciudadanos sin entorpecer el derecho de la actividad empresarial de hostelería ni el derecho a disfrutar del ocio y de los locales de esparcimiento en condiciones de seguridad y salubridad.

SENTIDO COMUN
En este sentido, se mostró convencido de que los ayuntamientos aplicarán los recortes al horario de cierre de locales públicos "dentro del sentido común" y no plantearán el "cierre completo" de las zonas de movida, al tiempo que subrayó el decreto nace con el "máximo consenso" de empresarios de hostelería, ayuntamientos y asociaciones de vecinos.

No obstante, Perales señaló que la nueva norma excluye los establecimientos comerciales cuyos horarios se regulan por su normativas específicas, como supermercados o tiendas de 24 horas, que, en cualquier caso, sí se verán afectados por el decreto que aprobará en breve la Consejería de Asuntos Sociales en desarrollo de la Ley de Drogas y que prohibirá la venta de alcohol a partir de las 22.00 horas en estos comercios.

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