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Madrid, 12/4/2000

Los municipios catalanes dispondrán de catastros acústicos en tres años

Xavier Pujol Gebelli

Sanciones contra los niveles altos de ruido Los municipios catalanes podrán disponer en un plazo máximo de dos a tres años de catastros acústicos para prevenir los niveles de ruido en su área de influencia y poder planificar cómo y dónde deben ubicarse nuevas instalaciones de ocio o industriales o el trazado de infraestructuras viarias.

El catastro, que se deberá incorporar a las ordenanzas municipales, permitirá en un futuro exigir medidas correctoras para las actividades o instalaciones ya construidas, así como plantear posibles sanciones para quien incumpla los niveles máximos de ruido establecidos. Así lo prevé la propuesta de ley sobre protección acústica elaborado por el l Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat que auyer presentó públicamente su titular, Felip Puig. La ley será tramitada en el Parlamento catalán durante esta legislatura.

La nueva propuesta de ley, destacó Puig, tiene como objetivo dotar a los municipios de un "marco legal con rango de ley" a partir del cual puedan establecerse criterios objetivos de actuación tanto en el terreno de la prevención como en el de la corrección de actividades o focos de emisión de ruido excesivos.

Para ello, e inspirándose en el modelo suizo, "el más avanzado de Europa", Medio Ambiente ayudará a los distintos municipios a elaborar su propio catastro de ruidos, algo así como la identificación y clasificación de áreas de sensibilidad acústica. La definición de las mismas podrá emplearse posteriormente como herramienta de planificación.

Tres áreas

De este modo, y de acuerdo con la propuesta de ley, en cada municipio podrán distinguirse tres áreas. La primera, o de sensibilidad acústica alta, corresponde a zonas de tipo residencial o a "calles tranquilas". En estas zonas, los valores límites de inmisión (niveles de ruido presentes en el ambiente) no podrán superar los 60 decibelios durante el día y los 50 durante la noche. Para las zonas de sensibildad acústica moderada, previstas para calles comerciales o con cierto nivel de tráfico, los valores previstos son de 65 y 55 decibelios, según la franja horaria.

Y para las de sensibiliad acústica baja, esto es, polígonos industriales o áreas cercanas a infraestructuras viarias y de transporte, los niveles serán de 70 y 60 decibelios, respectivamente. En todos los casos, especificó Puig, estos valores corresponden a focos emisores de nueva construcción o instalación.

Para los ya existentes se permitirán, de prosperar la propuesta de ley, unos valores de alarma máximos ligeramente superiores que deberían corregirse a la baja con el tiempo.

La definición de las distintas áreas debe servir como punto de partida para complementar planes urbanísticos y para exigir medidas correctoras a los promotores de actividades que implican un ruido de fondo molesto. Este sería el caso, por ejemplo, del trazado de una nueva carretera que, según por donde transcurra, deberá incorporar pantallas acústicas. El mismo principio sería aplicable a locales de ocio, cuyo nivel de aislamiento acústico podrá variar según el área donde estén ubicados.

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