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Pamplona, 19/06/09

Barañáin tendrá que pagar a dos vecinos por el ruido de un pipero

Deberá abonar 6.000 euros a cada uno y cerrar el local por no tomar las medidas necesarias para evitar el exceso de ruido
GABRIEL GONZÁLEZ

El Ayuntamiento de Barañáin deberá indemnizar a dos vecinos con 6.000 euros a cada uno por no haber tomado las medidas necesarias para evitar las molestias que les causaba la infracción reiterada de los límites de emisión de ruido de un pipero. Además, la sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) declara la obligación de que el Ayuntamiento ordene el cese total de la actividad del pipero, en la avenida Comercial.

Un juzgado de primera instancia había desestimado la demanda de los dos vecinos, que recurrieron, y el TSJN les ha dado la razón. Según la sentencia, "la falta de actividad adecuada del Ayuntamiento en orden de evitar la producción de ruidos y molestias por la actividad recreativa" vulnera los derechos fundamentales a la integridad física y a la intimidad personal y familiar.

La primera sentencia destacaba que la Policía Municipal de Barañáin había actuado en esa bajera 57 veces, se sancionó y se llegó a clausurar la actividad. Sin embargo, el TSJN cree que la simple reincidencia "debiera haberse traducido en una cesación de la actividad en horario nocturno, y en la obligación de que se adoptasen por los causantes las medidas correctoras oportunas".

Desde la primera intervención de la policía, añade el fallo, hasta la última, "se han producido múltiples infracciones graves" por emisión excesiva de sonido. "Ello supone", agrega la sentencia, "que no se ha llevado a cabo por la entidad local, al margen de idas y venidas de la Policía Municipal, lo necesario para evitar la vulneración de derechos". Y agrega que el Consistorio "incumple" así obligaciones normativas tolerando estas actividades. "El mantenimiento de las circunstancias", continúa, "hacen valer la presunción de que en el momento actual se siguen produciendo en vista de las alegaciones de los recurrentes".

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