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Palma de Mallorca, 18/05/05

El TSJB confirma la clausura de la música en un bar de El Terreno

Cort ordenó la suspensión en aplicación de la ordenanza contra los ruidos

FELIPE ARMENDÁRIZ

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJB) ha confirmado la legalidad de la orden de clausura de la actividad musical dictada por el ayuntamiento de Palma contra un bar situado en el edificio Gomila Center, de El Terreno. Cort decretó la suspensión de la amenización musical en el local por aplicación de la ordenanza municipal de usos de el Terreno dictada en 1999 y destinada, entre otros fines, a combatir la contaminación acústica.

El tribunal ha confirmado una primera sentencia del juzgado de lo contencioso 2, que también dio validez al decreto de alcaldía de 5 de septiembre del 2003 por el que se prohibía la música en el establecimiento. El bar cuenta con licencia de instalación desde 1986, pero no había obtenido la licencia de funcionamiento cuando entró en vigor la nueva ordenanza contra los ruidos de El Terreno, una zona de Palma que en los años 80 y principios de los 90 sufrió una saturación de locales nocturnos.

El empresario solicitó en agosto del 2000 las licencias de apertura y la de amenización musical complementaria. El TSJB estima que el industrial sí que llegó a obtener, por silencio administrativo, la licencia de funcionamiento, pero rechaza que por esta vía haya logrado también el permiso para la música, dado que el local incumple algunas de las disposiciones de la ordenanza. El industrial pretendía, dada la antigüedad del local, que se le aplicase la normativa anterior en materia de ruidos, más benigna que la ordenanza, pero la sentencia lo rechaza.

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