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Sevilla, 07/07/04

Anulan por exceso de ruidos y humos cuatro licencias de apertura de negocios

En el caso del ruido, el juez considera que los vecinos sufrirían unas molestias a las que no están obligados y que se incrementarían por la época del año
Dos juzgados de lo contencioso-administrativo de Sevilla y la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tsja han anulado y han dejado sin valor ni efecto cuatro licencias de apertura de otros tantos locales de la capital por exceso de ruidos y humos procedentes de los mismos. En una de estas resoluciones a la que ha tenido acceso Europa Press, incide en que los vecinos «van a sufrir una serie de molestias que no están obligados a soportar y que se ven agravadas por la época del año».

En este caso, unos vecinos recurrieron la licencia concedida por el Consistorio hispalense a un bar, mientras que el propietario, en su escrito de interposición de recurso contra la resolución impugnada, solicitó como medida cautelar la suspensión del acto administrativo recurrido -licencia de apertura- porque le ocasionaría perjuicios de imposible reparación.

Una sentencia de octubre de 2003 dijo que esta actividad estuvo muchos meses en funcionamiento «sin licencia» con el uso de un aparato audiovisual que no constaba en la petición de la misma y que no venía amparada por la autorización concedida, cuya actividad era productoras de «ruidos notablemente molestos» y «notablemente superiores a los permitidos», que evidenciaban que el titular incumplía las medidas correctoras.

En otra sentencia, se ha anulado una resolución del Ayuntamiento por la que se procedió a otorgar una licencia de apertura tras la solicitud previa de ampliación del negocio por exceso sobre el nivel sonoro permitido. Según el fallo del juzgado de lo contencioso-administrativo, en junio de 2003 se presentó un recurso que tenía por objeto la impugnación de la resolución de la Alcaldía de marzo de 2003 en la que se dio licencia de apertura por ampliación del negocio solicitada en enero de 2001 y que se refería a la inclusión de nuevas máquinas «sonoras». Los vecinos colindantes formularon en febrero de 2001 alegaciones oponiéndose a su autorización, pese a lo cual, tras informes técnicos favorables, incluso los medioambientales, en marzo de ese año. mediante resolución de la Alcaldía, se concedió la licencia para la instalación de actividad de ampliación proyectada.

«Aquella licencia de instalación se condicionó a la sujeción de las medidas correctoras que se señalaban en la misma, y de los antecedentes obrantes en el expediente administrativo no resulta que se cumplieran dichas medidas», señala el fallo, recalcando que «existe afección sonora» según medición de octubre de 2001. Por último, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tsja ha confirmado de una bar y una cafetería contiguos por ruidos, humos y calor.

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