Granada, 20/09/03 El juez rechaza la demanda de conflicto colectivo por exceso de ruido en PortinoxConsidera que el procedimiento no es el adecuado, pero no entra en el fondo.Los trabajadores recurrirán la sentencia ante el TSJAM.A.
El titular del Juzgado de lo Social número uno de Granada, magistrado Manuel Mazuelos, ha desestimado la demanda de conflicto colectivo interpuesta por el comité de empresa de Portinox S.A. contra la sociedad y cuya vista se celebró el pasado día 3 del presente mes de septiembre. El fallo judicial considera que el procedimiento utilizado por los representantes de los trabajadores -el conflicto colectivo en sí- no es el adecuado, sin entrar en el fondo del asunto que originó la demanda. El propio fallo deja abierta la posibilidad de que las partes presenten recurso de suplicación, en un plazo de cinco días, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Como se recordará, el comité de Portinox denunció a la empresa de Pulianas por el hecho demostrable de que más de 350 obreros de talleres soportan a diario un nivel de ruido superior a los 80 decibelios. Una situación que a ojos de los representantes sindicales debía conllevar el cobro de un plus de penosidad, equivalente al 20% del salario base que recibe cada operario con efectos retroactivos desde junio de 2002. El magistrado no lo ha entendido así. En los fundamentos jurídicos de su sentencia estima como válidos los argumentos jurídicos de la defensa de la empresa y considera que «en modo alguno nos encontramos ante un problema general interpretativo de una norma de un convenio colectivo sino simplemente si el plus de penosidad previsto en el artículo 13 del convenio pueda o no aplicarse en determinadas condiciones de trabajo». Mazuelos considera que tal bonificación tiene un carácter de complemento de puesto de trabajo y que, por tanto, su percepción depende únicamente «del ejercicio de la actividad profesional en un concreto y preciso puesto de trabajo». Deduce a continuación el magistrado que tal valoración individualizada «resulta abiertamente incompatible con el concepto de lo que es un conflicto colectivo», configurándose así la pretensión como un debate no de carácter general englobalizado en unos intereses indivisibles sino un conflicto individual». ReaccionesEl presidente del comité de empresa de Portinox, Juan Alcaide, manifestó ayer su contrariedad y la de todos los obreros de Portinox por el fallo judicial, que va a ser recurrido ante el TSJA. «No comprendemos, aunque tengamos que acatar, la actitud de las personas que imparten justicia en Granada; el juez no ha sido valiente, no ha entrado en el fondo de la cuestión que planteamos», aseguró el representante sindical.Alcaide mostró también su sorpresa: «si el ruido afecta a casi toda la plantilla, ¿como cabe decir que no se puede plantear un conflicto colectivo?». Carlos Infanzón, director general de Portinox, señaló por su parte que con la sentencia «nosotros no hemos ganado y ellos han perdido». En su opinión, el comité ha pretendido tergiversar los hechos, confundir el puesto con el trabajo. Para el directivo, el nivel de ruido existente en la factoría de Pulianas es el de otras fábricas y se han tomado todos los medios para combatir sus efectos.
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