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Palencia, 7/3/2003

Derecho al silencio

JAVIER GARCÍA ESCUDERO

LA decisión del Tribunal Supremo que confirma una condena de dos años y tres meses de prisión (con petición de indulto parcial) para el anterior propietario de la discoteca Chapó por producir de forma reiterada un nivel de ruido tan excesivo que causó daños físicos y psíquicos a varios vecinos del inmueble en que se sitúa en la calle Obispo Nicolás Castellanos de Palencia supone un precedente judicial muy importante para atajar de una vez por todas la alegre vulneración de las normas sobre la contaminación acústica en que reinciden determinados dueños de establecimientos públicos, aunque sean una minoría, en honor a la verdad.

Algunos hosteleros se aprestaron ayer a calificar de muy duro el fallo del Tribunal Supremo, que confirma en muchos extremos otro anterior de la Audiencia Provincial, en gran parte porque dicta el cierre durante tres años de la discoteca y obliga al condenado a otras penas accesorias. Pero es precisamente en esa contundencia en donde reside el valor ejemplarizante del pronunciamiento judicial, de tal manera que queda probado y sentenciado que los ruidos excesivos y continuos pueden no sólo motivar que honrados ciudadanos tengan que dejar su vivienda para trasladarse a otros lugares más tranquilos huyendo de una discoteca o un bar molestos, sino que puede llegar a causarles graves daños físicos o trastornos psíquicos, como ha ocurrido en Palencia.

El Tribunal Supremo no cuestiona la actividad laboral de la mayoría de los hosteleros, sino que tan sólo afirma que quien de forma decidida y reiterada se empeñe en molestar a los demás, impidiendo su derecho al silencio y a una justa calidad de vida, puede terminar por pagarlo. Sin embargo, la sentencia sí lleva aparejado un reproche implícito a cuantas administraciones deben velar por la salud de sus vecinos, prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica, y no lo hacen, o al menos no lo hacen con la rotundidad que los administrados esperan de sus instituciones.

Por último, la sentencia también supone un respaldo explícito para la Federación Social para el Respeto Social y Urbano (Farsu) y para sus dirigentes principales, Jesús María Calvo y Escolástico Fernández, empeñados desde hace años en que se respeten en Palencia las normas que regulan la contaminación acústica y en que el Ayuntamiento obligue a su cumplimiento. Porque no deja de ser triste que tenga que ser en último extremo el Tribunal Supremo quien dicte una dura sentencia para que se evidencie la traumática experiencia que viven algunos vecinos.

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