Madrid, 7/3/2003 DELINCUENCIA ACÚSTICAEL exceso de ruido se ha convertido en una seña de identidad de muchas ciudades españolas, con el resultado de haber degradado la calidad de vida de sus ciudadanos y el valor ambiental de determinadas zonas. Este ruido desmesurado está generando problemas de convivencia, más aún cuando se debe a una falta de consideración y respeto hacia los vecinos. Las ciudades necesitan obras de reparación o sufren atascos inevitables, pero en tales casos el ruido podría aceptarse, dejando a un lado las imprevisiones de las administraciones competentes, como parte del coste que se ha de pagar por el desarrollo urbano. Lo que ningún ciudadano tiene obligación de tolerar es el ruido gratuito y exasperante de los «botellones» o de las discotecas en horas intempestivas. Quizá puedan empezar a cambiar las cosas. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha hecho una valoración avanzada de esta lacra urbana en una sentencia, de gran corrección técnica, que condena al propietario de una sala de fiestas de Palencia a dos años y tres meses de prisión, más una multa, por un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica, con grave riesgo para la intimidad y la integridad física y psíquica de los vecinos. Los hechos demuestran una absoluta mala fe del acusado, quien a pesar de conocer el sufrimiento que estaba infligiendo a los denunciantes no hizo nada -sino todo lo contrario- por evitarlo. Es probable que condenas como ésta no se repitan frecuentemente, salvo en casos extremos que desborden la mera infracción administrativa. Pero ahí queda establecido por el Supremo un precedente al que deberán atender las autoridades municipales, para reforzar los argumentos de sus a veces laxos servicios de inspección, y sobre todo los que, si no rectifican, se convertirán en nuevos delincuentes del ruido.
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