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Madrid, 29/08/03

El vino queda al margen de la mayoría de las limitaciones de la 'Ley Antibotellón'

La nueva norma exige que la publicidad señale que el alcohol es perjudicial para la salud
C. E. Cué / F. J. Pérez
La norma permite beber en la calle si no se altera el orden
Si bebes, no molestes. Ése es el espíritu del anteproyecto de Ley de Prevención del Consumo Indebido de Bebidas Alcohólicas, conocida popularmente como Ley Antibotellón. El artículo 16.2 del anteproyecto regula los lugares en los que está permitida la "venta o dispensación o el consumo de bebidas alcohólicas, dentro de zonas o dependencias específicamente habilitadas al efecto". Entre dichos espacios, el apartado e) cita los "lugares, vías o transportes públicos cuando no se altere la tranquilidad ciudadana o el derecho a la libre circulación de las personas".

En este punto la ley estatal abre una vía de interpretación que la hace mucho menos clara que las normativas vigentes en varias comunidades autónomas. La Ley de Drogodependencias de la Comunidad de Madrid, creada en mayo de 2002 cuando aún estaba caliente la polémica por la práctica juvenil -perjudicial para su salud y molesta para los vecinos- de beber en la calle combinados alcohólicos de alta graduación, deja menos espacio para las dudas. En su artículo 30.2 prohíbe taxativamente "la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo terrazas, veladores, o en días de feria o fiestas patronales o similares regulados por la correspondiente ordenanza municipal". Comunidades como Castilla y León, Cantabria o Cataluña cuentan con normativas similares a la madrileña.

El hecho de permitir la venta y el consumo en la vía publica si no se altera el orden público busca, según la exposición de motivos del futuro texto legal, "un equilibrio proporcionado entre los derechos de los consumidores, en el ejercicio de su libertad personal, y los de las restantes personas".

En la Comunidad de Madrid, la prohibición legal de consumir alcohol en la calle, castigada con multas de hasta 300 euros o con trabajos en beneficio de la sociedad, retrajo en un primer momento a muchos jóvenes de practicar el botellón. Un año después de su entrada en vigor, sin embargo, los vecinos del centro de la capital vuelven a quejarse de la presencia de jóvenes que beben y meten ruido a las puertas de sus casas, contraviniendo la ley sin que nadie se lo impida.

El proyecto de ley antibotellón del Gobierno, anunciado a bombo y platillo en febrero de 2002 por el entonces ministro del Interior Mariano Rajoy, avanza lentamente. El anteproyecto, preparado ya para pasar al Consejo de Ministros, establece graves limitaciones al consumo, la venta y sobre todo a la publicidad del alcohol, pero excluye de la mayoría de ellas al vino.

Una disposición adicional, la cuarta, incluida a última hora, señala que esta bebida se regirá por la "normativa específica del sector vinícola". El vino se salva, pues, de las extremas limitaciones a la publicidad, aunque queda incluido en algunas limitaciones. Nada específico se dice de la cerveza u otros alcoholes de baja graduación.

Para lo que no es vino, la publicidad se convierte en algo realmente difícil. Como novedad respecto a la última versión del proyecto, la norma obliga a todo aquél que quiera promocionar una bebida alcohólica, cualquiera que sea su graduación, a poner claramente visible una advertencia: "El consumo de bebidas alcohólicas es perjudicial para la salud", algo similar a lo que ya se hace con el tabaco. Cuando los anuncios sean emitidos por la radio, esta versión se hará, según el anteproyecto, "de forma oral".

Al margen de esto, la normativa pone tantos condicionantes a la publicidad del alcohol -los anunciantes no podrán destacar ningún valor positivo de su producto- que la hace prácticamente imposible. No se podrá lanzar ningún tipo de publicidad en programas dirigidos a menores, ni tampoco en centros deportivos o lugares situados a menos de 100 metros de ellos. Una de las limitaciones más curiosas establece que en la promoción del alcohol, de cualquier tipo, no podrán aparecer actores menores de 25 años, estén o no bebiendo en el anuncio, ni podrán ofrecer su imagen para publicitar bebidas alcohólicas actores, cantantes o personajes vinculados a los menores de edad. La futura ley sugiere la posibilidad de que las empresas de bebidas alcohólicas suscriban un convenio de autorregulación para poder promocionar sus productos.

El nuevo texto legal, que llegará cuando la mayoría de las comunidades hayan aprobado ya sus propias normativas, acaba con la extendida fórmula del telecubata en horario nocturno, de forma similar a lo que ya se ha hecho en lugares como la Comunidad de Madrid. Se prohibirá la venta a domicilio en esas horas, lo que incluye, por ejemplo, a la cerveza que acompaña a un menú de una pizzería a domicilio. Como norma general, no se podrá vender alcohol por la noche allí donde no esté permitido el consumo, esto es bares y discotecas. Además, servir alcohol a menores de 18 años, aunque sea de forma gratuita, acarreará una sanción.

También se prohíbe la venta en las gasolineras, a cualquier hora del día, de productos alcohólicos de más de 20 grados. La norma se preocupa por los vecinos y permitirá a las comunidades y ayuntamientos limitar el número de bares en una zona si su acumulación es molesta para los que residen allí. Las máquinas que expenden bebidas alcohólicas (especialmente cerveza), quedarán también prohibidas si no se encuentran instaladas dentro de un local donde se permite su consumo.

El anteproyecto establece, aunque de forma muy genérica, medidas para prevenir el consumo de alcohol, como la promoción de actividades socioculturales, realizar estudios sobre la incidencia del alcohol en los accidentes laborales o la elaboración de campañas informativas sobre los daños para la salud, especialmente para el feto en las mujeres embarazadas. El Consejo Económico y Social criticó, precisamente, el predominio del enfoque sancionador frente al preventivo.

Las severas sanciones anunciadas hace más de un año se mantienen: hasta 135.000 euros por la venta de alcohol a menores de 14 años, y multas de hasta 600 euros a los mayores de edad sorprendidos bebiendo -y alterando el orden- en la calle.

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