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Murcia, 22/6/2000

La ordenanza contra los ruidos endurece los requisitos para la apertura de bares musicales

Las nuevas discotecas y salas de fiestas no podrán instalarse en edificios con viviendas

antonio soriano • lorca

La nueva ordenación contra los ruidos endurece la normativa para la apertura de bares o locales con instalaciones musicales, fijando una superficie mínina de 100 metros y la imposibilidad de que este tipo de establecimiento se instale en calles cuya anchura sea inferior a los siete metros. Otros negocios sobre los que se imponen restricciones son las discotecas, salas de fiestas, tintorerías, imprentas, hornos de pan y lavaderos de vehículos. Según la ordenanza, no se permitirá su instalación en edificios destinados a viviendas. Los que ya lo están tendrán que adoptar una serie de medidas de protección y se contempla incentivar a estas empresas para su traslado a zonas industriales.

El Consejo de Gerencia de Urbanismo aprobó ayer el texto de la modificación de la ordenanza sobre protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones que desde hace meses se estaba discutiendo en el foro contra la contaminación acústica, en el que han participado todos los sectores afectados. La nueva ordenanza será aprobada de forma provisional por el Pleno municipal en su sesión del próximo lunes, y si no hay alegaciones puede entrar en vigor antes de final de este año. En una disposición transitoria se fija el plazo de un año para la adaptación a la misma.

El concejal de Urbanismo, Josías Martínez Fajardo, anticipó ayer algunos detalles sobre la nueva normativa que fija, tanto en los aspectos aplicables a los vehículos a motor, como a establecimientos con música y otras actividades. Entre las novedades que resalto está «la exigencia de que los locales de nueva apertura destinados a bares con instalaciones musicales tengan una superficie mínima de 100 metros cuadrados y que no se permitirá este tipo de establecimientos en edificios ubicados en calles cuya anchura sea inferior a los siete metros».

La segunda condición supone que la mayor parte del casco histórico de la ciudad estará vedada a locales con música puesto que muchas de sus calles tienen una anchura menor a esos siete metros. De todas formas, el concejal aclaró que esos condicionantes son para las nuevas aperturas y para aquellos locales que cambien de titular. A los que ya existen y estén legalizados, se les obligará a introducir medidas correctoras en base a las normas para el aislamiento acústico que se fijan en las ordenanzas. Otra novedad significativa es que no se permitirá en los edificios destinados a viviendas la instalación de lavaderos de vehículos, hornos de pan, imprentas, talleres de carpintería metálica, tintorerías y lavanderías industriales, discotecas y salas de fiesta. Antes de conceder licencia de apertura los bares con música deberán someterse a una auditoría ambiental que garantice que se han adoptado todas las medidas recogidas por el proyecto que presenten en el ayuntamiento.

Con arreglo la nueva ordenanza será posible que en algunas zonas del municipio se puedan establecer lo que se denomina área de especial protección ambiental. Se trata de lugares de la ciudad o de las diputaciones en que por sus características urbanísticas, densidad de población, tráfico o concentración de comercios, presentan degradación ambiental, estando necesitadas de especial medida para aumentar la calidad de vida de los residentes en ella.

El concejal también anticipó que la ordenanza incorpora un anexo en el que se fijan los límites de los ruidos en el ámbito exterior para cada clase de suelo, tanto urbano como urbanizable, de acuerdo con la distribución que en ese sentido hace el Plan General de Ordenación Urbana.

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