Granada, 16/6/2000 Cantar o gritar de noche en la calle acarreará multas de 25.000 pesetas a un millónLa nueva ordenanza contra el ruido elaborada por el Ayuntamiento entrará en vigor en octubreJ. A. GUERRERO • GRANADALos espontáneos tenores nocturnos deberán tener mucho ojo con romper la quietud de las noches granadinas si no quieren pagarlo caro. Y no porque desafinen, sino porque proferir gritos o cantar el 'Asturias patria querida' o cualquier otra serenata entre las once de la noche y las siete de la mañana comportará sanciones que oscilan entre un mínimo de 25.000 pesetas y un máximo de un millón. Así lo establece una nueva ordenanza municipal contra el ruido, que la comisión de Medio Ambiente aprobó ayer de forma provisional y que entrará en vigor en octubre. No contento con haber perdido la batalla contra los bares ruidosos, el Ayuntamiento de Granada se quiere embarcar ahora en otra guerra (posiblemente inútil), esta vez para perseguir los ruidos que se generen a pleno pulmón en la vía pública. Para tamaña empresa, el gobierno municipal se ha dotado de una nueva ordenanza que recoge expresamente la prohibición de cantar o gritar en la vía pública por la noche sin autorización para ello. El artículo en cuestión recuerda a aquél otro que prohibía jalear el pescado, y que el Ayuntamiento se vio forzado a dejar en suspenso ante las muchas voces que lo consideraban descabellado, empezando por los propios pescaderos de los mercados municipales acostumbrados a pregonar el género toda la vida. Ahora el Ayuntamiento será implacable con esas otras serenatas (también de toda la vida) que al cierre de los bares y tabernas suelen acompasar las retiradas (a veces serpenteantes) de muchos jóvenes. granadinos. Por muy bien que canten, los tenores nocturnos tendrán que vigilar que no haya ningún policía cerca porque si les pillan lanzando sus voces a los cuatro vientos la broma les puede salir por un ojo de la cara. El mismo jarabe se reserva para los que hablen a grito pelao.Y es que la nueva ordenanza señala que perturbar el descanso de los vecinos, sea cantando o profiriendo gritos en la madrugada, puede acarrear multas que oscilan entre las 25.000 ¡y el millón de pesetas!. El artículo de marras dice así: «En las vías públicas y otras zonas de concurrencia pública no se podrán realizar actividades como cantar, proferir gritos, hacer funcionar aparatos de radio, televisores, instrumentos musicales, tocadiscos, mensajes publicitarios, altavoces etcétera, que superen los valores establecidos. En todo caso», precisa, «queda prohibido las anteriores actividades en horario nocturno, salvo autorización expresa». Como aclaró ayer el concejal de Medio Ambiente, Baltasar Garzón (IU), el horario nocturno es el comprendido entre las once de la noche y las siete de la mañana. El edil precisó que el Ayuntamiento sólo perseguirá a los alborotadores «porque no se trata de que no se pueda cantar por lo bajines», al tiempo que señaló que la iniciativa pretende combatir la contaminación acústica nocturna, asociada a la movida. Otras novedades El proyecto de Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente contra los Ruidos y Vibraciones (que es cómo así se llama la norma en cuestión) adapta una ordenanza marco de la Junta de Andalucía a las peculiaridades de Granada, y en este sentido propone la rebaja de 30 a 27 decibelios de los niveles de ruido que se perciben en los hogares, así como la prohibición de instalar discotecas en edificios con viviendas, y la obligatoriedad de que los bares, pubs y negocios de estas características tengan doble puerta para reforzar su insonorización. La ordenanza también limita a 20 personas el aforo de los bares que se instalen en calles que no superen los tres metros de ancho. Garzón justificó la incorporación de esta medida «porque no es lo mismo el ruido que se produce en las calles estrechas que en las amplias».
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