Paso 0 (informal, pero muy importante): Ponerse de acuerdo las personas que deseen constituir la asociación en:
Ver modelo, pero adaptarlos a la realidad de la asociación propia. Paso 2: Reunirse para firmar el acta de constitución (ver modelo) y los estatutos. Ambos documentos han de ser firmados por triplicado por todos los asistentes en todas sus páginas. Desde este momento la asociación existe legalmente pero hasta dar los pasos siguientes no le es posible realizar algunas actividades, por ejemplo, tener una cuenta corriente. Ojo: Tanto los estatutos como el acta de constitución deben ajustarse a los dispuesto en la Ley de Asociaciones Paso 3: Presentar toda la documentación anterior en el registro de asociaciones correspondiente (normalmente será en la Delegación de Gobernación o de Justicia de la Comunidad Autónoma) Paso 4: Una vez recibida la contestación del registro (pueden tardar un mes o dos),
Otras referencias sobre el ruido | Página principal de ruidos.org
|