Donostia, 05/05/09 Una vecina del María Cristina recibirá 59.000 euros por el ruido del hotelUn juzgado admite la petición de la afectada, que consideró insuficientes 7.500 eurosLa residente en la calle Camino también ha planteado una reclamación al Consistorio por contaminación lumínicaCarolina Alonso
La ciudadana, que habita en el número 2 de la calle Camino de Donostia y es abogada de profesión, presentó una demanda ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de la ciudad con el fin de que el Ayuntamiento donostiarra hiciese cumplir su ordenanza de ruido y evitase los sonidos procedentes de las bombas de agua del hotel, una maquinaria muy antigua que databa del origen del edificio y que provocaba fuertes impactos a modo de golpes. En el año 2006, su demanda tuvo como fruto que el juzgado ordenase al Ayuntamiento -propietario del hotel María Cristina, gestionado por una empresa privada- cambiar las bombas de agua, algo que se produjo en septiembre del mencionado año, con lo que el ruido descendió notablemente. La sentencia admitía que la maquinaria provocaba un ruido "insoportable" en la vivienda de la demandante, que era continuo entre las 9.00 y las 15.30 horas, lo que afectaba a su vida cotidiana y a su salud. La sentencia lanzaba una reprimenda al Consistorio por no hacer cumplir su propia normativa ya que, a pesar de que envió varios requerimientos al hotel para que evitase los ruidos de las bombas de agua, la Administración local no logró hacerse valer ante el establecimiento y los impactos sonoros continuaron. El fallo judicial señalaba que atajar este tipo de problemas era "una competencia irrenunciable" del Consistorio, por lo que le condenó. Además, el juzgado reconoció el derecho de la vecina a ser indemnizada con la cantidad de 7.500 euros por parte del Consistorio, aunque no quedó satisfecha y siguió adelante con el pleito, que ahora le ha dado de nuevo la razón y el derecho a recibir 59.118 euros. A esta suma hay que restarle los 7.500 euros ya aportados, por lo que recibirá 51.618 euros, si nuevas sentencias no lo impiden. De hecho, tanto el Ayuntamiento como la propia afectada podría impugnar la nueva resolución judicial mediante una apelación.
MedicaciónPara defender su derecho a recibir una indemnización económica mayor, la vecina afectada ha hecho hincapié en que la afección del fuerte sonido que emitía la maquinaria le ha provocado problemas psíquicos que han hecho necesario recurrir a la medicación. Los ruidos, según señala la sentencia, sobrepasaban notablemente los 37 decibelios estipulados en la normativa municipal y llegaban hasta los 44 y los 46, según las distintas mediciones realizadas por parte de la Guardia Municipal a petición de la vecina de la calle Camino. Los fuertes impactos se prolongaron desde el año 2002, fecha en la que la afectada acudió a residir a la vivienda, hasta el año 2006, cuando una primera resolución judicial obligó al hotel a cambiar la maquinaria por otra más moderna y silenciosa. La abogada reconoció en su momento a este diario que el hecho de conocer las leyes le ha permitido soportar la carga económica del pleito, que cualquier otro particular hubiera tenido que pagar de su bolsillo, con el consiguiente trastorno. Por otra parte, la misma ciudadana presentó también otra demanda al Ayuntamiento, en esta ocasión motivada por el ruido que originan los autobuses urbanos con paradas en la calle Oquendo que, según señaló, no apagan el motor durante su periodo de espera y provocan un incremento de decibelios. Asimismo, ha interpuesto otra demanda contra la Administración local, en esta ocasión por contaminación lumínica procedente de la calle, que se encuentra en los juzgados en la actualidad.
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