Sevilla, 30/03/08 El Ayuntamiento, condenado a pagar 7.200 euros por su "pasividad" contra los ruidosSegún el juzgado, los afectados realizaron "reiteradas" denuncias. Los ruidos procedían de las cámaras frigoríficas de un establecimientoEFEEl Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 7.200 euros a dos vecinos por su "pasividad" e "ineficacia" ante las denuncias que le presentaron por los ruidos de un local.
Esta situación llevó a los denunciantes a una lucha "excesiva" y en solitario durante ocho años. En 2002, el comercio solicitó licencia para una cámara de congelación "que ya se encontraba funcionando", por lo que los afectados volvieron a denunciar los ruidos y vibraciones que sufrían, pero el Ayuntamiento no solucionó el problema. Derechos vulneradosLos vecinos, según el juzgado, vieron vulnerado su derecho constitucional "a la intimidad personal y familiar" y a la inviolabilidad del domicilio, ya que varias mediciones técnicas certificaron que los ruidos que llegaban a su hogar, incluso de noche, alcanzaban la categoría de "intolerables".
El Consistorio incurrió en "pasividad, inoperancia o inactividad", más aún cuando "las modernas técnicas facilitan la insonorización perfecta, como queda demostrado en este proceso". Los vecinos, defendidos por la asociación Juristas contra el Ruido , tuvieron que acudir a la vía civil para resolver sus problemas con el establecimiento. Entonces, fue cuando, según la sentencia, se hicieron obras de adaptación a la normativa de contaminación acústica. AnsiedadLos afectados llegaron a aportar un parte médico que certificó trastornos de ansiedad, aunque el juez asegura que las circunstancias del caso "excusan la necesidad de cualquier prueba exigible a los recurrentes", pues considera "notorios los perjuicios sufridos teniendo en cuenta los intolerables niveles de ruido que han debido soportar y su prolongación durante ocho años". Para Juristas contra el Ruido, la indemnización "sigue siendo escasa", pero considera relevante "que cese la vulneración de los derechos fundamentales de los afectados a la integridad, salud, medio ambiente adecuado, intimidad, dignidad e inviolabilidad de su domicilio".
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