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Santiago, 15/03/08
ANTEPROYECTO DE LEY

Habrá multas de hasta 10.000 euros por consumir alcohol en la calle

El texto consensuado por Sanidade prohíbe la venta de bebidas con graduación desde las diez de la noche a las nueve de la mañana fuera de los locales de copas ·· Las sanciones podrán cambiarse por tratamientos de deshabituación o programas de educación en salud
R. LIZCANO

María José Rubio y Víctor Pedreira
La conselleira de Sanidade, María José Rubio, y el subdirector xeral de Saúde Mental e Drogodependencias, Víctor Pedreira, ayer. FOTO: Patricia Santos
La venta de cualquier bebida alcohólica a menores de 18 años, el consumo de alcohol en la calle o el suministro a menores de productos que imiten envases de bebidas alcohólicas son algunas de las prohibiciones recogidas en el anteproyecto de ley de drogas cuyo incumplimiento constituirá una infracción grave y, como tal, estará sancionado con multas de entre 601 y 10.000 euros.

Es la primera vez en la legislación gallega, apuntó el subdirector xeral de Drogodependencias, Víctor Pedreira, que se eleva a 18 la edad exigida para todo tipo de alcoholes (hasta ahora la legislación permitía la venta de bebidas con menos de 18 grados a partir de los 16) y que las sanciones se extienden al consumidor, de modo que no sólo se considera responsable de la infracción al responsable de la venta, sino también al propio menor que consume y al adulto que lo hace en lugares no permitidos.

El anteproyecto abarca de un modo integral toda la problemática de la drogadicción, su prevención y tratamiento, pero, sobre todo, es una respuesta al encargo realizado desde la propia presidencia de la Xunta de articular y regular el consumo de alcohol y dar solución a un fenómeno creciente: el botellón.

Botellón, competencia local

El texto provisional, que según los cálculos de Sanidade podría ser aprobado por el Consello de la Xunta a finales de mayo e iniciar el trámite parlamentario en julio, prohíbe la venta y consumo de alcohol a menores de 18 años y limita su uso en espacios exteriores de dominio público "agás autorización expresa por parte da administración competente". La norma, indicó María José Rubio, "converte o consumo de alcol na rúa nunha excepción que deben regular os concellos".

Y es que las corporaciones locales podrán adoptar la ley tal y como la ofrece Sanidade o regular a nivel local las excepciones (días especiales y espacios acotados) en las que el botellón estará autorizado.

Además, el texto establece limitaciones sobre la venta, de modo que se prohíbe el suministro de alcohol, fuera de los locales autorizados, entre las 22.00 y las 9.00 horas, una medida que, indicó Pedreira, ya ha demostrado su eficacia en comunidades como Madrid o Andalucía. Además, si el texto sale del Parlamento fiel a su versión inicial, el alcohol tampoco se podrá vender en gasolineras ni en los locales comerciales de áreas de servicio.

Expuesto en la página web

Las sanciones previstas en el texto se mueven en horquillas de 0 a 600 euros, para las infracciones leves, entre las que se incluyen la obligación de señalización; de 601 a 10.000 ya señaladas más arriba; y de 10.001 a 600.000, las muy graves, como la reincidencia en infracciones graves. En todo caso, explicó Víctor Pedreira, todo el dinero recaudado a través de sanciones se reinvertirán en programas de prevención y tratamiento de drogodependencias. En el caso de multas por consumo, se podrá trocar el pago por la inserción en programas de tratamiento o de educación en salud.

El texto está sujeto a alegaciones ciudadanas a través de la página web de la Consellería de Sanidade, www.sergas.es.

FUERA DE LA RADIO, LA TELEVISIÓN Y EL TRANSPORTE
Sin anuncios de 7.00 a 21.00

Dentro de las limitaciones a la oferta de bebidas alcohólicas tiene una importancia capital el recorte de publicidad. Como punto de partida, se prohíbe toda campaña publicitaria dirigida a menores de 18 años que induzca, directa o indirectamente, al consumo de alcohol. Asimismo, se sancionará que la publicidad utilice a personajes relacionados con los menores y que se utilicen en estos anuncios voces o imágenes de menores.

La publicidad de bebidas destiladas quedará prohibida en todos los medios y soportes y se limitará a publicaciones dirigidas estrictamente a profesionales que intervienen en el comercio de estos productos o revistas especializadas dirigidas a mayores de 18 años.

El texto prevé la supresión de la publicidad de cualquier alcohol (destilado o fermentado) de las emisiones de radio o televisión gallegas entre las siete de la mañana y las nueve de la noche.

Ataca también el recurso de los productores a mensajes en los que se asocie la bebida alcohólica con alguna propiedad saludable y la publicidad de alcoholes destilados desaparecerá del transporte y las marquesinas de las paradas, con la intención de evitar cualquier asociación entre su consumo y la conducción.

El anteproyecto, afirmó María José Rubio, nace con un elevado grado de consenso, tanto entre los distintos departamentos del Gobierno implicados en la drogadicción como con las asociaciones de vecinos, jóvenes, ayuntamientos o productores, que participaron en más de 20 reuniones.

LAS CLAVES
Salvaguarda la industria del vino

El texto legisla en dos escalones -bebidas fermentadas (vino, cerveza o sidra) y las destiladas (whisky, ron o ginebra)-, salvaguardando la industria del vino. Pedreira argumentó que ambos grupos presentan modos de consumo diferenciados: con los destilados muchas veces el objetivo es el "atracón".

Límites a los locales de juegos de azar

El aumento de controles también se produce en el caso de los juegos de suerte y el anteproyecto prohíbe su promoción en publicaciones infantiles y juveniles, y medios audiovisuales ubicados en Galicia entre 7.00 y 21.00 horas. El móvil o Internet son parte de nuevas adicciones.

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