Barcelona, 23/02/08 TRIBUNALESPena de prisión para el dueño de una pastelería demasiado ruidosaEl juez también ordena el cierre del local, ubicado en Sant Antoni de VilamajorJ. G. ALBALATUn juez de Granollers ha condenado a dos años y seis meses de prisión al propietario del obrador y pastelería Sant Llehí de la población de Sant Antoni de Vilamajor (Vallès Oriental) por la contaminación acústica producida por la maquinaria que utiliza para su labor y que ha ocasionado fuertes transtornos psíquicos a varios vecinos del inmueble donde el establecimiento está ubicado. Si la pena de prisión es ratificada, el dueño del negocio, Jesús L. B. deberá ingresar en la cárcel, al superar dicha pena los dos años de prisión establecidos como máximo para suspender su ejecución. Sin embargo, el problema más acuciante al que se enfrenta el acusado es la clausura del local, ordenada en la misma sentencia, al menos por un año y hasta que el propietario "no haya adoptado las medidas de insonorización necesarias para la eliminación de la contaminación acústica". Pero es que, además, el juez le condena a una multa de 4.800 euros, dos años de inhabilitación para ejercer su profesión y a pagar a cada uno de los dos perjudicados 10.000 euros. CÁMARAS DE REFRIGERACIÓNLa sentencia sostiene que el propietario de la pastelería, que obtuvo la licencia municipal en 1987, tenía instalados desde el 2002 diversos motores compresores y dos cámaras de refrigeración. Como consecuencia de "una insuficiente insonorización" de la parte del local donde esa maquinaria estaba ubicada, una de las cámaras de refrigeración generaba continuos ruidos y vibraciones que "perturbaban gravemente la salud, calidad de vida e intimidad personal" de los dos residentes en la vivienda situada justamente en el piso superior. Los afectados denunciaron primero los hechos ante el ayuntamiento, que ordenó dos inspecciones que constataron la existencia de ruidos y vibraciones procedentes de la maquinaria, a la vez que se requirió al pastelero para que adoptara las medidas necesarias de insonorización. A pesar de ello, las molestias continuaron y los perjudicados denunciaron los hechos ante los Mossos d ' Esquadra, que corroboraron la situación y ratificaron que se sobrepasaba el límite acústico permitido. Según la sentencia, a raíz de dicha contaminación, a los dos vecinos se les agravó ciertas enfermedades psí- quicas que padecían. Uno de los agentes llegó a declarar en el juicio que dudaba que con ese ruido los afectados pudieran dormir.
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