Valencia, 11/04/08 Un nuevo decreto exime a los vehículos históricos de someterse a la comprobación sonoraLos coches han de superar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV)EFE
La modificación del decreto por el que se establecen normas para el control del ruido producido en los vehículos a motor y el de planificación y gestión en materia de contaminación acústica pretende mejorar la norma y adecuarla a la periodicidad establecida para la inspección técnica de los ciclomotores en la nueva normativa estatal. En la norma se establecen los niveles máximos de emisión acústica admisibles para los vehículos a motor (que no debe superar los 65 decibelios diurnos y los 55 decibelios nocturnos), así como los procedimientos de medición de los mismos. En este sentido, la Comunitat Valenciana fue pionera en incluir la comprobación sonora en las revisiones periódicas de los vehículos realizadas en las estaciones de la ITV y en las que también se extiende a los ciclomotores. Con la modificación aprobada hoy, quedan eximidos de la obligación de someterse a la comprobación sonora los vehículos catalogados como históricos siempre y cuando en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) se dictamine que se encuentra en perfecto estado de mantenimiento. Tampoco se examinarán aquellos que para realizar una determinada actividad deban someterse a unas modificaciones específicas que imposibilitarán la realización del ensayo a vehículo parado. Otra de las cuestiones introducidas en esta norma es que la primera comprobación de nivel sonoro de los ciclomotores se realizará al tercer año de su puesta en circulación ,y las posteriores se integrarán dentro de las inspecciones técnicas periódicas cada dos años. Además, los centros ITV deberán remitir anualmente, antes del 31 de enero del año siguiente, a la Conselleria competente en materia de Medio Ambiente un informe sobre las comprobaciones sonoras realizadas, un plazo que hasta ahora no aparecía concretado. También se ha incorporado un artículo referido a la emisión de los vehículos de servicios de urgencias, que deberán disponer de un mecanismo de regulación de la intensidad sonora de los dispositivos acústicos para reducirla a entre 70 y 90 decibelios durante el período nocturno cuando circulen por zonas habitadas. Estos vehículos de emergencia disponen hasta el 24 de octubre de 2008 para instalar este mecanismo
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