Jaén, 03/04/08 El vecino que denuncia el ruido de la Catedral tacha de “tomadura de pelo” que no se hayan hecho las medicionesRedacciónEn declaraciones a Europa Press, el vecino denunciante, Antonio Rus, mostró su sorpresa porque, después de que se dirigiera al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de la capital para informar de que tras las providencia que este órgano dictó requiriendo al Ayuntamiento y al Obispado para que llevaran “a puro y debido efecto” lo resuelto en la parte dispositiva de la sentencia del TSJA hasta la fecha no se había hecho nada, el resultado es que le han remitido un informe de la Policía Local en el que se expone que la Jefatura de la Policía Local “no puede emitir los informes de control y disciplina” al carecer de técnicos acreditados a tal efecto. Además, en dicho documento la Policía Local hace constar que dispone de dos sonómetros para llevar a cabo las mediciones de ruido y que uno ellos cumplió la verificación en julio del pasado año, si bien carece del certificado de verificación periódica. Con respecto al segundo, detalla que “se encuentra averiado, no siendo posible su utilización, toda vez que en la actualidad continua en el mismo estado”. En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condenó al Ayuntamiento de Jaén a que incoe el proceso oportuno para comprobar los ruidos que se desprenden del redoble de las campanas de la Catedral, una resolución que adopta a raíz de las “reiteradas” denuncias presentadas por esta vecino. A tal efecto, el Ayuntamiento ya aseguró en noviembre que había iniciado el correspondiente expediente. Rus reside en su domicilio, ubicado muy cerca del templo catedralicio, desde la década de los 80 y ante los “excesivos” decibelios de las campanas que perturbaban gravemente su descanso decidió en noviembre de 1999 interponer la primera denuncia con el fin de que se cumpliera la ordenanza municipal de Medio Ambiente que regula los límites de la contaminación acústica. En consecuencia, la Patrulla Verde de la Policía Local de Jaén hizo una medición en enero de 2000 de los ruidos que derivó en un informe técnico en el que “se constataba que el nivel de ruidos es intolerable”. A continuación, este informe pasó por varias áreas del Ayuntamiento hasta que en abril de 2002 se acordaba que no se adoptara medida alguna. Por tanto, este hombre decidió iniciar la vía de lo contencioso-administrativo y, después de varios recursos y de “sistemáticas” denuncias, ahora el TSJA ha condenado al Ayuntamiento porque, entre otros aspectos, ha incurrido también en una “sistemática desatención” en la tramitación de estos expedientes.
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