Pamplona, 13/03/07 Condenado el Ayuntamiento de Corella por los ruidos generados en un barUn vecino del edificio donde está el establecimiento recibirá 12.000 eurosEl TSJN dice que no puso fin al problema ni hizo nada al saber que funcionaba como un pub, a pesar de tener licencia de barMaite PérezEl Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) estimó parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por un vecino de Corella contra la desestimación, "por silencio administrativo", del Ayuntamiento de esta localidad de una reclamación patrimonial, y condenó al Consistorio a indemnizarle con 12.000 euros, en concepto de daño moral, al considerar que es responsable de los ruidos y molestias generados en un pub ubicado en los bajos de su edificio. La sentencia recogió que el demandante se dirigió en diversas ocasiones al Ayuntamiento con la pretensión de que éste pusiera fin "a los ruidos y molestias que le originaban en su vivienda la actividad instalada en la calle Ramón y Cajal número 13". A la vista de que éstas persistían, el 31 de marzo de 2003 formuló reclamación de responsabilidad patrimonial "derivada de la tolerancia municipal en la alteración de la actividad y licencia otorgada al referido establecimiento". En este sentido, el fallo señaló que la licencia era "para bar destinado a servir tapas con una zona de mesas para juego, cuando, efectivamente, se ha convertido en un pub, fuente de sonido altísimo y molestias continuas". Situación que, según reflejó, se vio "agravada con la incorporación a la actividad de otro establecimiento, también autorizado para bar y convertido en pub". El vecino de Corella pidió una indemnización anual de 7.200 euros, "dada la efectiva inhabitabilidad de la vivienda, a contar desde el inicio de la actividad hasta su cese", además del pago de 12.000 euros por daños morales, que fue denegada por "silencio administrativo". Por ello, interpuso el recurso ante el TSJN. El tribunal aseguró que quedó demostrado que los dos establecimientos de hostelería situados en el número 13 de la calle Ramón y Cajal "generan un nivel de ruido y vibraciones netamente superiores a los permitidos", los cuales no eran ajenos al Ayuntamiento ya que éste impuso "sanciones por tal motivo al titular de la actividad". Asimismo, existen "sobradas pruebas" de que "se ha convertido en un pub, con la tolerancia municipal". En el fallo, la Sala afirmó que "la competencia municipal en tal situación no debe limitarse a la comprobación de los ruidos y molestias, incluso a la imposición de sanciones o exigencia de medidas correctoras, sino que, en protección de los derechos de los moradores del inmueble, ha de llegar, si no hubiere otra posibilidad, al cierre de la actividad o, en todo caso, al ajuste de la misma a la que fue objeto de autorización". En esta línea, indicó que la "pasividad" del Ayuntamiento de Corella supone "una dejación de la competencia y responsabilidad que, en materia de medio ambiente, le asigna la Ley". En el fallo se considera probada la responsabilidad patrimonial del Consistorio porque aunque "es evidente que el ruido no lo genera la administración demandada ni los servicios públicos, sí que es desencadenante del daño en el funcionamiento indebido de los servicios públicos, en la dejación de las funciones municipales tendentes a la eliminación de los ruidos de referencia y en el ajuste de la actividad provocadora de las molestias a la licencia otorgada por el Ayuntamiento". En cuanto al importe de la indemnización, aceptó la cantidad de 12.000 euros solicitada por el recurrente por los daños morales causados.
Más noticias de este mes | Último mes | Índice general de noticias |