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Valencia, 09/03/07

El Ayuntamiento pagará 6.000 euros a unos vecinos por el ruido de un bar

Los afectados sufrieron daños morales por la falta de actuación municipal, según el fallo

C. FERNÁNDEZ

Clientes consumen en varios locales de Juan Llorens
Clientes consumen en varios locales de Juan Llorens
Esta es la primera vez, según el PSPV, que una juez obliga a pagar 6.000 euros al Ayuntamiento de Valencia como indemnización a los vecinos de la calle San Juan de la Cruz, en el barrio de Sagunto, por el ruido producido por un bar.

“Esto demuestra que una vez más los vecinos han tenido que recurrir a los tribunales al comprobar cómo el Ayuntamiento desoye sus peticiones y no resuelve sus problemas”, comentó ayer la concejala socialista Carmina del Río, tras hacer pública la sentencia.

Este caso se remonta al año 2002 cuando los vecinos afectados comenzaron a quejarse ante el Ayuntamiento por el ruido que producía un bar ubicado en su misma calle. Años después, en 2005, el Consistorio concedió la licencia, a pesar de que el bar había estado en marcha durante todo este tiempo.

La jueza, por tanto, obliga al Ayuntamiento a indemnizar a los vecinos con 6.000 euros por el daño moral causado a lo largo de esos años. También, les condena a pagar conjuntamente con los dueños de la cafetería las costas de los trámites administrativos y judiciales que se han producido. “Sin duda, es un varapalo para el Ayuntamiento”, dijo el portavoz socialista, Rafael Rubio.

La magistrada además exige en su sentencia que el Consistorio clausure el local hasta que compruebe que ha subsanado los problemas de insonorización.

En el fallo se reconoce que la cafetería ha funcionado sin licencia de actividad ni de apertura, sin que el Ayuntamiento “ejerciera su potestad de cierre del local” ni que se subsanaran los defectos técnicos y sanitarios hallados en informes municipales posteriores.

Además, constata que el Consistorio no realizó “ninguna medición” para comprobar los niveles acústicos del local, entre los cuales figuraban los emitidos por el televisor, que superaba los 80 decibelios.

Tanto la Administración como el propietario de la cafetería “no han justificado en modo alguno el aislamiento acústico del local, no constando certificación de una obra de aislamiento, ni en techos ni en paredes”, añade la sentencia. “Lo grave es que la juez señala que los técnicos municipales no han realizado las debidas mediciones que justifiquen la insonorización del negocio”, explicó la concejala socialista y aseguró que esto demostraba la forma de trabajar del Ayuntamiento.

cfernandez@lasprovincias.es

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