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Barcelona, 07/06/07

El fiscal quiere encarcelar al amo del restaurante ruidoso

Se opone a que se suspenda el ingreso en prisión del dueño de El Portet de Gràcia
El dictamen califica de dilatoria la petición del reo condenado a cuatro años de cárcel
J. G. ALBALAT

El fiscal de Medio Ambiente José Joaquín Pérez de Gregorio pretende que el antiguo propietario del restaurante de Gràcia El Portet, Dionisio Mestre Rodríguez, ingrese en la cárcel para cumplir la pena de cuatro años de prisión confirmada por el Tribunal Supremo por contaminación acústica.

El fiscal comunicó el martes a los magistrados de la Audiencia de Barcelona que deben ejecutar la sentencia que se opone a que el condenado permanezca en libertad, tal y como este ha solicitado, hasta que se resuelva su petición de indulto.

En su informe, el fiscal pone de relieve que la Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó el pasado 26 de abril el recurso de casación interpuesto por Dionisio Mestre Rodríguez, uno de los administradores en el 2003 de la empresa gestora del bar restaurante El Portet, en la calle de Sicília, 394, en Gràcia, que ahora tiene otros propietarios.

De esta manera, el alto tribunal confirmó el fallo dictado en marzo del 2006 por la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona, por la que se condenaba al acusado, como autor de un delito contra los recursos naturales y medio ambiente (contaminación acústica) a las penas de cuatro años de prisión, multa de 8.640 euros y tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de actividades industriales relacionadas con la restauración.

ANUNCIO DE INDULTO

El 17 de mayo de este año, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo, Dionisio Mestre presentó un escrito en la Audiencia de Barcelona, que debe ejecutar ahora la condena, en el que informaba que había interesado el indulto de la pena impuesta y anunciaba un futuro recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. A raíz de ello, pidió a los magistrados la suspensión del cumplimiento de la condena y, por lo tanto, de su ingreso en la cárcel, hasta que el Gobierno no resolviera su petición de medida de gracia.

El fiscal entiende, sin embargo, que la solicitud de suspensión de ejecución de las penas impuestas "solo tiene el propósito fraudulento de pretender eludir el cumplimiento de las mismas, mediante la dilación temporal que constituye la solicitud de indulto para cuya concesión no existen razones de justicia, equidad ni orden público que lo justifiquen".

El dictamen del ministerio público también alude a que el anuncio de un futuro recurso ante el Constitucional tiene una finalidad "puramente dilatoria y fraudulenta". Por ello, considera que no procede "en absoluto" la suspensión del ingreso en prisión del que fuera propietario del bar de Gràcia.

Los magistrados deben decidir aún sobre la petición de suspensión de la condena hasta que se resuelva la solicitud de indulto. Un dato favorable al condenado es que ha depositado la indemnización que corresponde a los vecinos que resultaron afectados por los ruidos emitidos en el 2003 desde el restaurante.

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