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Badajoz, 20/02/07

Condenados por ruido el ex alcalde de Talavera y el dueño de una discoteca

Al ex regidor se le impone un año de cárcel y ocho de inhabilitación para cargo público. Entre ambos deberán indemnizar con 14.000 euros al matrimonio que denunció. La condena del Juzgado incluye el cierre provisional de la discoteca durante dos años
M.M.

Un año de prisión y ocho años de inhabilitación para cargo público es la condena impuesta a Juan Luis Rey Pérez, ex alcalde socialista de Talavera la Real. El Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz le considera responsable de un delito de prevaricación medio-ambiental por permitir el funcionamiento de una discoteca que emitía ruidos que superaban los niveles máximos permitidos.

Además de al ex alcalde, el Juzgado condena al dueño del establecimiento, Agustín Martín Constantino, a dos años de prisión y a pagar una multa de 4.800 euros por un delito contra el medio ambiente. También se le impone una inhabilitación de dos años para regentar locales de ocio.

Entre ambos, el ex alcalde y el dueño de la discoteca GHUS, deberán indemnizar con 14.000 euros (7.000 a cada uno), al matrimonio que sufrió las molestias de la discoteca durante siete años. La discoteca se cerrará durante dos años y sólo podrá abrirse cuando se acredite que existen medidas de insonorización.

El fallo, que tiene fecha del ocho de febrero, puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Badajoz. En una detallada sentencia de 24 folios, la magistrada del Penal número 1 explica cómo el matrimonio cuya casa linda con la discoteca presentó entre 1997 y 2004 decenas de denuncias ante la Alcaldía, la Policía Local, la Guardia Civil y la Consejería de Sanidad Consumo. Pero no logró que se solucionara el problema y decidió acudir al Juzgado.

Medición de ruidos

Técnicos de la Junta hicieron en más de una ocasión mediciones de los ruidos que se soportaban en el interior de la vivienda, e incluso se cerró temporalmente la discoteca. Se instaló un limitador de potencia para atenuar el ruido y se le dio permiso para volver a abrir, pero el problema se reprodujo y volvieron las denuncias, que continuaron hasta 2004. Los informes de la Guardia Civil y de técnicos de Sanidad concluyeron que los ruidos eran «muy superiores a los permitidos», e incluso «intolerables».

Lo mismo apreciaron los agentes de la Policía Local que visitaban la vivienda a raíz de las denuncias del matrimonio: «Era imposible dormir en la vivienda». La juez considera que el alcalde de Talavera tuvo conocimiento de las denuncias desde el principio y no adoptó las medidas necesarias para solucionar el problema. Ante ello, los vecinos no tuvieron más remedio que acudir a los tribunales.

La magistrada estima que cuando un problema de este tipo dura siete años la responsabilidad del mismo no sólo es de los causantes directos del ruido, sino «de los administradores públicos», a los que debe exigírseles un escrupuloso cumplimiento de sus responsabilidades. La juez no admite las excusas que el ex alcalde dio en el juicio, en el sentido de que no sabía ni cuándo abrió la discoteca, ni cuándo se le concedió el permiso, ni qué horario tenía; o que firmaba los documentos sin leer.

Este argumento fue desmontado por el secretario municipal, que declaró que la licencia provisional de apertura de la discoteca fue concedida por el alcalde en agosto de 2000, cuando existían quejas de los perjudicados.

La sentencia concluye que el alcalde «conocía la situación existente, gravemente perjudicial para unos ciudadanos, y la permitió durante siete años, pese a que tuvo elementos e informes técnicos para hacerla desaparecer».

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