Madrid, 11/02/07 Absuelto el primer Alcalde que fue imputado por no tomar medidas contra el botellónLa acusación recurre la decisión del Juzgado de Béjar ante la Audiencia Provincial de SalamancaSERVIMEDIAEl alcalde de Béjar (Salamanca), Alejo Riñones, el primer edil que fue imputado tras una denuncia en la que se le acusaba de no tomar medidas para impedir la celebración del botellón, ha sido absuelto por el juzgado de la localidad, que ha sobreseído la causa. En pleno debate sobre los problemas de ruido que ocasionan fiestas como los carnavales, un juez exime de responsabilidad a un alcalde por las molestias que el botellón causa a los vecinos. En el auto del Juzgado de Instrucción número 2 de Béjar, al que ha tenido acceso Servimedia, se justifica el sobreseimiento en el hecho de que "de lo ocurrido no puede desprenderse en absoluto que el querellado haya llevado una conducta de total omisión o inactividad" frente a las concentraciones de jóvenes en puntos de la ciudad hasta altas horas de la madrugada, con las consiguientes molestias a los vecinos. Frente a esta decisión del juzgado de Béjar, la acusación, según indicó a Servimedia su abogado, Agustín Bocos, ha presentado recurso ante la Audiencia Provincial de Salamanca, institución en la que tiene presentada una demanda por el mismo asunto por la vía contencioso-administrativa, no por la penal, como la sobreseída por el juzgado de Béjar. En los argumentos para sobreseer el caso, se citan reuniones celebradas en la provincia de Salamanca de la Junta de Seguridad para tomar medidas contra el botellón, el fomento de actividades alternativas de ocio para la juventud y la existencia de un servicio de limpieza en la zona. Sin embargo, en su recurso, la acusación afirma que "tales medidas son patentemente insuficientes e ineficaces, como se demuestra por los resultados obtenidos puesto que las incontroladas concentraciones cada vez son más frecuentes y numerosas, salvo, obviamente, en la época invernal en que nos encontramos, atrayendo a jóvenes de otras poblaciones de los alrededores donde sus autoridades municipales sí adoptan efectivas medidas de control". Sacando a colación una intervención del alcalde en la Junta de Seguridad Ciudadana del 26 de mayo de 2006, en la que defendió que el botellón se practicara en la zona de El Regajo, lejos del centro de la ciudad, porque es "donde menos molestias se causan por tener menos vecinos". "No compartimos con el juez que el delito de prevaricación ambiental omisiva requiera una conducta de total inacción en el imputado, porque resultaría inaplicable en la práctica y se vaciaría de contenido el precepto penal", agregan los querellantes. "El problema no puede ser meramente aritmético, sino de fondo: ¿es o no legal permitir concentraciones de jóvenes sabiendo que se causan daños y molestias a los vecinos, se cometen delitos, se consume alcohol en la vía pública, se obstaculiza el tránsito de personas y vehículos y se superan sistemáticamente los niveles sonoros permitidos?". Los denunciantes, un matrimonio bejarano que vive en las inmediaciones de donde se celebra el botellón, recurrieron a detectives privados para hacer grabaciones de lo que ocurría y a mediciones científicas del nivel de ruido que avalaron que se sobrepasaban los límites legales. Ahora la decisión está en manos de la Audiencia Provincial de Salamanca, que debe dirimir sobre el recurso presentado por la acusación contra el sobreseimiento del caso decretado por el juzgado de Béjar.
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