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Teruel, 20/01/07

El Justicia reprocha al consistorio que no dé a los vecinos datos sobre ruidos

Recuerda al Ayuntamiento de Teruel su obligación de facilitar información

EVA RON

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recriminado al Ayuntamiento de Teruel por no facilitar a la Asociación de Vecinos de La Zona los datos de los limitadores-registradores de sonido instalados en los bares musicales ni dar explicación alguna en el caso de que no disponga de ellos, incumpliendo así la obligación legal de facilitar información medioambiental a los ciudadanos.

En la misma resolución, reprocha también al consistorio que no haya respondido a sus tres solicitudes de información para tramitar la queja vecinal, algo que contraviene el deber de colaborar con el Justicia en sus investigaciones que establece la ley que regula el funcionamiento de esta institución.

El presidente de la Asociación de Vecinos de La Zona, Ildefonso Soriano, explicó que, al pedir estos datos, la entidad desea conocer si el Ayuntamiento está realizando un control efectivo de los limitadores-registradores, que constatan los niveles sonoros y las horas de emisión de ruido de los establecimientos.

Limitadores “sin control”

“Creemos que no se hace ningún control porque el Ayuntamiento no tiene medios materiales ni humanos específicos para ello y por ello la ordenanza de ruido -aprobada en 2003- no ha servido de nada en este aspecto”, dijo.

Aunque el Justicia no ha podido entrar en el fondo de la queja vecinal ante la falta de respuesta del consistorio a sus solicitudes de información sobre el caso, recuerda en su resolución que los limitadores-registradores no son obligatorios con carácter general según la normativa estatal, sino que fue el consistorio el que decidió incorporar estos elementos de control en la ordenanza local sobre ruido. Al tratarse de una competencia asumida de forma voluntaria, añade, el Ayuntamiento debería haberse asegurado, antes de aprobar la ordenanza, de que contaría con medios para garantizar su cumplimiento.

“En caso contrario, se produce una apariencia de derechos que en la práctica no se materializan”, argumenta García Vicente.

Ildefonso Soriano comentó que en varias ocasiones han instado al consistorio a convocar un concurso público para adjudicar un contrato de asistencia técnica con una empresa especializada para el control de los ruidos en los bares de copas. Sin embargo, el equipo de gobierno tampoco ha informado a la asociación sobre la marcha de este trámite.

El concejal de Urbanismo (PSOE), Pedro Joaquín Simón, dijo ayer que ya se ha redactado el pliego de condiciones para convocar el concurso.

El edil no pudo aclarar si en la actualidad se lleva a cabo algún control de los limitadores-registradores por parte de los servicios técnicos municipales.

“Desasistidos”

El “recordatorio de deberes legales” que Fernando García Vicente ha enviado al consistorio incide en la obligación de las instituciones de auxiliar al Justicia en sus investigaciones. Tras la queja de la Asociación de Vecinos de La Zona, el Justicia se dirigió en tres ocasiones al consistorio para solicitar información, sin recibir respuesta. “Ello ha supuesto que desde esta institución no se haya podido cumplir el cometido que le asigna la ley y el ciudadano haya quedado desasistido de la protección y defensa de sus derechos”, que es la función del Justicia. García Vicente se ha quejado en otras ocasiones de falta de colaboración municipal.

Acceso a asuntos ambientales

La resolución del Justicia de Aragón, emitida el pasado 12 de enero, formula al Ayuntamiento de Teruel un “recordatorio de deberes legales” en el que reseña la “obligación de atender las peticiones vecinales, contestar a los escritos que le dirijan los ciudadanos y facilitar la información requerida”, según establece la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.

En materia de medio ambiente, como es el caso del ruido, “el derecho ciudadano y el deber administrativo gozan de una consideración superior a la establecida en la normativa básica”, según recuerda el Justicia.

García Vicente detalla que la reciente Ley reguladora de los derechos de información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en vigor desde el pasado mes de julio, establece el derecho de los ciudadanos “a acceder a la información ambiental que obra en poder de las autoridades públicas”.

La norma fija un plazo máximo de un mes para que la administración responda a las solicitudes de este tipo de datos, o bien de dos meses “si el volumen y la complejidad de la información son tales que resulta imposible” contestar en sólo 30 días.

Al mismo tiempo, según recuerda el Justicia de Aragón, la citada ley “obliga a la Administración a facilitar la información requerida”, e incluso a que el personal municipal asesore al público cuando trate de acceder a este tipo de datos.

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