Eivissa, 28/04/07 La planta de hormigón de Sant Jordi perjudicó a los vecinos, según un peritoPEP RIBASEl informe fue solicitado por el juez para poder valorar con objetividad las denuncias de los vecinos. El empresario Matías Arrom declaró como imputado. La acusación estudia pedir nuevas imputaciones Un perito nombrado por el juez ha determinado que la planta de hormigón instalada en el pueblo de Sant Jordi por la empresa MAB, para construir la autovía del aeropuerto vulnera la legalidad en numerosos aspectos. El informe firmado por ese experto confirma las denuncias presentadas por vecinos del lugar, que se sintieron perjudicados por esta instalación. El juez había solicitado ese informe para poder valorar objetivamente las denuncias. En sus conclusiones el experto establece que la planta hormigonera produjo en la propiedad vecina unos niveles acústicos «que son perjudiciales para la salud de las personas». La industria vulneró las normativas de ruido y causó perjucios en la vivienda como polvo, vibraciones y grietas. Asimismo, alude al tráfico excesivo de vehículos pesados, deterioro del camino de acceso a la vivienda de la denunciante y pérdida de privacidad del hogar, que se habrían evitado si la industria no se hubiese instalado en el lugar. El perito considera que la planta ha causado un grave perjuicio a la denunciante «y probablemente a otros habitantes del barrio». Desde su punto de vista, la instalación «se impuso injustificadamente» en la parcela, sin plantear alternativas que el experto asegura que existían. Asimismo, señala que se incumplieron las medidas correctoras que se habían dictado y que suponían una condición para que la licencia de actividad de la planta fuese válida. El firmante desconoce si la instalación contaba con la debida autorización de la comisión de Actividades Clasificadas del Consell Insular, un trámite que considera necesario, a pesar de que se trate de una instalación temporal. Persiste el deterioroFinalmente, el perito constata que el día de la firma de su informe (19 de abril), persiste el deterioro del camino y del paisaje de la zona, debido a no haber sido desmantelada la instalación ni haberse restaurado el terreno para devolverlo a sus condiciones originales. El abogado de los vecinos que presentaron la denuncia, Josep Costa, expresó su satisfacción por el informe pericial, que según sus propias palabras, «confirma todos los indicios de delito denunciados». El letrado cree que en este caso se puede aplicar el artículo 325 del Código Penal, que regula el delito contra el medio ambientes. Costa recordó que en este caso declaró como imputado el responsable de la empresa MAB, Matías Arrom, aunque «las acusaciones particulares estudian ahora pedir la imputación de más personas por los hechos, una vez confirmada su gravedad por un informe pericial objetivo».
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