Valencia, 13/04/07 Trece razones para armar ruidoLas fiestas de Fallas, San Juan o la Semana Santa podrán superar los niveles máximos de ruido con la nueva ordenanza que tramita el AyuntamientoJ. BATISTALa petición de la alcaldesa Rita Barberá ya se ha plasmado en ley, concretamente en el borrador de la ordenanza del ruido que ultima el Ayuntamiento. Cuando Valencia se preparaba para las Fallas y saltó la noticia de la suspensión de los carnavales de Tenerife tras una denuncia vecinal por exceso de ruido, la alcaldesa solicitó que se estableciera en la ordenanza una cláusula para impedir una situación parecida en Valencia durante las fiestas josefinas. Según ha podido saber LAS PROVINCIAS, el equipo de Gobierno, concretamente la Concejalía de Fiestas, ha incluido una disposición adicional en la normativa en la que “se exime del cumplimiento de los niveles de perturbación tanto sonoros como de vibraciones” a 13 festividades populares de Valencia. Es decir, no se sancionarán los excesos de ruido en la calle, siempre que se deban a actos autorizados. Sin embargo, este añadido a la ordenanza no establece un límite de decibelios, ya que la única condición es que se cumplan con los horarios. La normativa actual establece que el máximo ruido que se puede generar en la calle de 65 decibelios. Las festividades exentas son las Fallas, concretamente “los actos del programa oficial, así como los celebrados en la vía pública por las diferentes comisiones, consistentes en pasacalles, desfiles, representaciones teatrales, verbenas y similares que cuenten con la autorización administrativa”. También se contempla una excepción en los disparos pirotécnicos, siempre que estén autorizados, así como en la festividad de San Juan. Se permitirán aquellos festejos de “entidades ciudadanas, tales como verbenas, hogueras y similares”. Además de estas tres excepciones, el añadido a la ordenanza cita los actos propios de San Antonio Abad que se celebran en la calle Sagunto, las festividades de San Vicente Mártir, patrón de la ciudad, la tradicional cabalgata de Reyes que termina en el Ayuntamiento, o la Semana Santa Marinera. En este caso, la excepcionalidad afecta a los actos colectivos y a los individuales que corren a cargo de las diferentes cofradías o hermandades, siempre que estén coordinados por la Junta de la Semana Santa Marinera. El listado continúa con los “actos propios y tradicionales que se celebran con ocasión de las festividades de la Virgen y el Corpus”, según reza el texto adjunto a la ordenanza. La representación de los milagros en los diferentes altares por las fiestas de San Vicente Ferrer, patrón de la Comunitat Valenciana, la feria de julio, las ferias de atracciones de verano y Navidad, “y todas las fiestas que se desarrollan en los distintos barrios de la ciudad con carácter tradicional y con autorización”, también tendrán manga ancha. Este último apartado engloba las fiestas populares de los diferentes barrios de Valencia. Completa el listado de las trece excepciones la festividad del 9 d’Octubre, como no podía ser de otra forma, al considerarse la fiesta mayor de los valencianos. Se eximirán “los actos del programa oficial y aquellos desarrollados con carácter tradicional, como agrupaciones de moros y cristianos, representaciones teatrales y similares”. El 9 de febrero, un auto judicial sacudía los cimientos de los carnavales de Tenerife. Debido al exceso de ruido que causaban los festejos en la calle, un grupo de vecinos decidió recurrir a los tribunales, lo que derivó en la suspensión temporal de la fiesta. La resolución limitaba el nivel máximo de ruido en 55 decibelios, que equivale al sonido de un ciclomotor en un semáforo. El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz encontró la solución al atolladero con un nuevo auto dictado el 13 de febrero, en el que se desestimaba la paralización de los festejos que solicitaban los vecinos al considerar que esa misma denuncia ya se había rechazado con anterioridad. Algo semejante sucedió a principios de marzo en Gandia, cuando una magistrada determinó el cierre cautelar de un casal fallero situado en el Grau por el mismo motivo, las denuncias de un vecino por tema de ruidos y por carecer el local de licencia. Estudio durante dos añosCon la nueva disposición de la ordenanza, se podrá iniciar el trámite administrativo para su aprobación, en cuyo proceso de elaboración se han empleado cerca de dos años. El anuncio de la alcaldesa Barberá de incluir una cláusula que impidiera agravios contra las fiestas retrasó su aprobación en la comisión de Medio Ambiente. Se prevé que la próxima semana se lleve a la citada comisión. Tras su paso por la junta local de Gobierno, llegará al pleno, que tendrá que certificar su aprobación inicial. Tras la fase de alegaciones, llegará la aprobación definitiva, su publicación en el Boletín Oficial y la entrada en vigor. jbatista@lasprovincias.es
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