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Sevilla, 05/11/06

Ordenan el cierre de un bar por ruidos y humo

JAVIER RONDA

La Audiencia Provicial de Sevilla ha declarado «resuelto el contrato de arrendamiento» de un bar ubicado en la calle Relator en el barrio de la Macarena y ordena el cese y cierre del local porque constituye una actividad molesta por el nivel de ruidos que produce y los humos y olores que desprende «sin las adecuadas medidas correctoras».

Los magistrados consideran que «excede racionalmente de lo tolerable en las relaciones de una comunidad de propietarios» y se debe desalojar el local bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario. Las primeras actas de inspección de la Policía Local de Sevilla se produjeron«hace siete años, en 1999» precisa la sentencia. Algunas de ellas levantadas después de la hora en que el establecimiento debería haber estado cerrado, según la licencia de apertura.

Además de la infracción los agentes pudieron constatar en el bar «que se escuchaban voces, cánticos, palmas, pataleos, ruidos de guitarras y otros que sin duda debería repercutir en el descanso de los vecinos».

El Ayuntamiento no actuó

También había aparatos musicales y la licencia se había otorgado como «bar sin música». Ello unido a que las ventanas y puertas del establecimiento estaban abiertas, hicieron que los vecinos «llevaran ocho años soportando los ruidos procedentes del local».

Igualmente, la Audiencia Provincial entiende que «ninguno de los expedientes incoados por los vecinos terminó con sanción, ni el Ayuntamiento de Sevilla ha requerido tampoco, en base a las denuncias, la adopción de alguna medida correctora».

Añade la sentencia que el bar no cumple ni la normativa ni el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

La comunidad de vecinos del bloque donde se encuentra el bar, que ocupa el local bajo, finalmente llevó el caso a los tribunales hace más de dos años y tanto el juzgado de primera instancia como ahora la Audiencia le han dado la razón a losafectados y ha confirmado el cierre y una indemnización para los vecinos por daños y perjuicios sufridos por parte del bar.

Se trata de una actividad molesta según los estatutos de la comunidad, según la Ley de Propiedad Horizontal, y no le está permitido desarrollar una actividad «dañosa para la finca». También han existido quejas de los vecinos por los humos y olores del bar que les obligaban a «cerrar las ventanas, si querían evitarlos». Al parecer, los conductos de evacuación de esos humos y olores no cumplen las condiciones y distancias mínimas exigidas por la normativa.

Indemnización para los vecinos

Los vecinos han sufrido molestias, sufrimientos y quebrantos psíquicos padecidos por ellos y sus familias y no han podido disfrutar de sus viviendas con normalidad por la inadecuada explotación del negocio un café-bar cuyo cierre se ha acordado por la Audiencia Provincial.

Se estima una indemnización para la comunidad de vecinos,que es la demandante, de 3.000 euros. La demanda interpuesta por los vecinos contra la dueña del local y el arrendatario del bar considera que tendrán que pagar por mitad la indemnización impuesta por la justicia.

Esta sentencia es una de las primeras conocidas de la Audiencia Provincial de Sevilla donde se ha ordenado tanto el cierre de un bar o establecimiento por actividades molestas en la que también se contempla resarcir el daño y perjuicio causado a los afectados mediante una cantidad indemnizatoria.

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