Gijón, 06/07/06 Una sentencia del TSJA apoya a los vecinos que pugnan por otra ubicación de la «Semana negra»La Sala de lo contencioso reconoce que en 2002 el ruido fue excesivo y ordena el traslado del evento hasta donde no alcance al edificio «Gacela»Albina FERNÁNDEZLa ubicación de la «Semana negra» en el entorno de El Molinón se complica para el futuro. La Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia estimó un recurso presentado por la comunidad de propietarios del edificio «Gacela» por los excesivos ruidos producidos en la edición de 2002 y ordena que, «para las sucesivas ediciones», las actuaciones y demás actos o espectáculos que se celebren, «se ubiquen a una distancia mínima que impida que las emisiones sonoras alcancen al citado inmueble en niveles superiores al máximo permitido en la ordenanza». Esta sentencia coincide con la emitida por el Juzgado de lo contencioso de Gijón el 15 de julio de 2005, que ordenó la retirada de la «Semana negra» a 500 metros del edificio «Gacela». El magistrado gijonés, Jorge Rubiera, rechazó el pasado mes la aplicación provisional de esta sentencia para la edición 2006, como solicitaron los vecinos, porque está recurrida por el Ayuntamiento ante la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia y aún no es firme. Es decir, que esta sentencia está recurrida ante la misma Sala que acaba de fallar a favor de los vecinos, lo que añade incertidumbre al futuro del popular evento. El letrado de los vecinos, el gijonés Marcelino Abraira Piñeiro, estima que lo lógico es que la Sala se manifieste de la misma forma ante el recurso municipal del pasado año, por lo que en un futuro próximo la «Semana negra» «no se va a poder situar en El Molinón». Y es que la organización tiene difícil el disminuir los ruidos que provoca el evento. Las mediciones efectuadas por la Policía Local en el año 2002 certificaron que había 78 decibelios en el exterior del portal (la normativa fija un máximo de 45 desde las 22.00 horas), y 98 a un metro de fuente de emisión del sonido. El magistrado, además, utilizó los mismos argumentos empleados por la Sala de lo contencioso en el año 1999 para ordenar el traslado de la «Semana negra» del entorno del parque Inglés, anterior ubicación del evento, al entender que «el interés particular no debe ceder ante el general», como defiende el Ayuntamiento, y que la propia administración local «debería haber ejercido el control adecuado para que se hubieran respetado los niveles de ruido permitidos» o, de no ser esto posible por el carácter temporal de la actividad, «buscar un nuevo emplazamiento». La sentencia, por contra, desestimó una petición de indemnización de 6.010,12 euros presentada por la comunidad de vecinos del edificio «Gacela» en compensación «por los daños y perjuicios ocasionados por las acciones y omisiones que supusieron la reiterada infracción de la normativa». El magistrado aclara que los daños «sólo pueden ser sufridos a título individual y no por la comunidad como tal», por lo que esta «no tiene legitimación alguna para reclamar unos daños que no individualiza y que tampoco explica en que proporción se debería de repartir entre los vecinos».
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