Gijón, 15/02/06 Álvarez: «La ley defiende la inviolabilidad del domicilio frente a ruidos molestos»El abogado expone sentencias a favor de los vecinos en materia acústicaSandra G. SALAZAR
Concienciarse de que hace falta denunciar para que, por la vía civil, se prive a un propietario o inquilino del uso de vivienda o local por realizar actividades molestas graves y reiteradas en su comunidad. Fue una de las ideas que puso ayer Fernando Álvarez, abogado y administrador de fincas, durante la charla de ayer en el Centro Municipal Integrado de La Arena, organizada por el Club LA NUEVA ESPAÑA de Gijón y que congregó a un nutrido número de vecinos. Fernando Álvarez orientó a los asistentes sobre cuestiones que aborda la ley de propiedad horizontal en materia de vecinos molestos e instalación de ascensores en comunidades. El abogado insistió en que la comunidad afectada debe requerir al vecino molesto «con especial cuidado», a través de burofax o telegrama con acuse de recibo, convocándole a la asamblea vecinal, así como notificar el acuerdo adoptado en la junta y dar un plazo prudencial para que cesen las molestias. «En caso de que las molestias no cesen, es necesario hacerse con pruebas de denuncias reiteradas, quejas y muestras de medición acústica efectuadas por la Policía municipal», recordó el jurista. Álvarez, para quien «la ley reconoce el derecho a la inviolabilidad del domicilio por molestias de ruidos del exterior», consideró el derecho que asiste a los vecinos a reclamar daños y perjuicios, «por insomnio y otros trastornos que pueden avalar los informes médicos, además de los gastos que se deriven». Según el administrador de fincas, un Juzgado puede privar del uso de la vivienda hasta tres años para el vecino que incumpla la normativa en materia acústica, «aunque no es frecuente, pero sí existen sentencias que así lo establecen». En el transcurso de la charla se prestó atención a otros ruidos que no tienen vinculación con la comunidad, como los generados por la actividad de locales de ocio. El letrado aludió a una sentencia del Tribunal Constitucional contra un bar en el barrio de Cimadevilla, que reconocía «el derecho a la integridad física y moral de las personas», además de «a la intimidad personal y familiar e inviolabilidad del domicilio». Sobre la instalación de ascensores en edificios, Álvarez aclaró dudas sobre los casos más polémicos, como el registrado en Contrueces, donde se hubo de solicitar la cesión o venta de la acera municipal por parte del Ayuntamiento para acometer la obra de instalación. Álvarez concluyó su intervención diciendo que estos casos «al filo de la ley» responden a un «balance de intereses y derechos», y recomendó el asesoramiento de un profesional para llevar a trámite la adopción de acuerdos vecinales.
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