Torrevieja, 17/01/06 Tres vecinas de Torrevieja recibirán 3.000 euros por el ruido del ocio nocturnoEL TSJ CONDENA AL CONSISTORIO A INDEMNIZAR POR DAÑO MORAL DE LAS AFECTADAS La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado al Ayuntamiento de Torrevieja a indemnizar con 9.000 euros a tres vecinas del municipio -3.000 para cada una de ellas- por los daños morales ocasionados como consecuencia de la inactividad del consistorio ante los ruidos y disturbios ocasionados por la actividad de bares y discotecas situados en la planta baja del edificio en el que vivían, en la avenida Habaneras La sala rechaza así el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Torrevieja contra la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Elx, que acordó esta indemnización para las afectadas, y decidió además que dos de ellas recibieran 1.442 euros más por el cerramiento que tuvieron que hacer a su vivienda. En este sentido, rechaza aumentar la indemnización que pedían las vecinas, de 18.000 euros, porque cree ajustada a derecho la cantidad reconocida. El juzgado de primera instancia de Elx estimó el recurso de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona interpuesto por las tres vecinas contra la inactividad del Ayuntamiento de Torrevieja ante los "ruidos y disturbios ocasionados" por la actividad de bares y discotecas que había en la planta baja del edificio en el que residían, en la avenida Habaneras. Esta instancia declaró que esta inactividad municipal suponía una violación de los derechos fundamentales de la persona previstos en los artículos 15 y 18 de la Constitución Española, por lo que el consistorio debía adoptar las medidas que impidieran el consumo de bebidas alcohólicas fuera de los establecimientos públicos, la utilización de aparatos musicales que sobrepasaran los límites de emisión permitidos y facilitar la libre circulación de los vecinos. Por ello, el juzgado reconoció el derecho a cada una de las reclamantes a recibir 3.000 euros por daños morales. La sala, por su parte, ha decidido mantener esta decisión a pesar de que el consistorio alegara que no hay pruebas en el expediente de la inactividad denunciada, y que consta la existencia de molestias anteriores a la adquisición de la vivienda por las vecinas y la realización de gestiones municipales "encaminadas a terminar con el problema existente"
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