A Coruña, 01/12/06 Un vecino recibirá 48.390 euros tras doce años de ruidosI.T.El Ayuntamiento de Cambre, en la provincia de A Coruña, deberá pagar 48.390 euros de indemnización a un vecino por los ruidos que durante doce años tuvo que soportar por la actividad de una fábrica de molduras de madera instalada cerca de su domicilio. Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que estima en parte la demanda presentada por el vecino afectado. La Sala señala que las molestias comenzaron en septiembre de 1989, fecha de la primera denuncia cursada por el vecino contra los ruidos que emitía la actividad de Molduras del Noroeste, y concluyó en noviembre de 2001, cuando se estima que las medidas adoptadas por la empresa subsanaron el problema. En su demanda, el perjudicado no sólo alegó los trastornos que para su vida diaria supusieron los ruidos y vibraciones provenientes de la fábrica, sino también el hecho de que ésta ejerciera su actividad sin la preceptiva licencia. En total, el vecino reclamaba del Ayuntamiento una indemnización de 335.815 euros, en los que incluía el alquiler de otra vivienda similar a la que ocupaba. Por su parte, el Ayuntamiento alegaba que la demanda de daños ante la administración local se había presentado fuera de plazo, tras la anulación de la licencia de actividad por el Tribunal Supremo, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) precisa que el período para recurrir debe contabilizarse desde que se insonorizaron las instalaciones. En cuanto a la reclamación del vecino, la sentencia del TSXG subraya que los perjuicios causados "no sólo no obligaron al abandono temporal de la vivienda, sino que la entidad real (de aquéllos) está muy lejos de haber sido acreditada", por lo que la alusión al alquiler "sólo puede tener un carácter meramente indicativo" para cuantificar los perjuicios personales. Por lo que se refiere a los ruidos y a la compensación económica correspondiente, la Sala recuerda que, aunque aquéllos superaban el límite legal, "no se pueden tildar de escandalosos" y, por tanto, fija como indemnización 48.390 euros, más los intereses legales desde la negativa municipal a resarcir el daño.
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