Málaga, 26/06/05 Los nuevos edificios tendrán que estar protegidos contra los ruidosEl Consistorio condicionará la licencia de primera ocupación a que el interior de una casa no reciba sonidos por encima de los niveles permitidosESPERANZA CODINA El Ayuntamiento de Málaga exigirá a todos los promotores que soliciten permiso para levantar un edificio en la capital que elaboren sendos estudios sobre aislamiento acústico y sobre el cumplimiento de los niveles de ruido que se permiten en el interior de las viviendas. Es más, condicionará la licencia de primera ocupación a que se acredite que todas estas exigencias estén en regla, es decir, no dará la autorización si dentro de una casa se capta más ruido del permitido. Además, lo comprobará in situ. Un técnico del Área de Medio Ambiente medirá los niveles de contaminación acústica en varias habitaciones de la vivienda. En concreto, y según establece la ordenanza de Prevención y Control del Ruido en Málaga, que se aprobará de manera provisional la próxima semana en Pleno antes de someterse a exposición pública, se hará un muestreo en al menos el 10 por ciento de las estancias con fachada y las más cercanas a las instalaciones auxiliares y complementarias. La futura normativa municipal considera como tal, entre otros, los ascensores, los equipos de refrigeración, puertas metálicas y de garaje o transformadores de energía eléctrica. El objetivo es que el ruido que emite esta maquinaria, normalmente mucho, no penetre en el interior de las casas, especialmente en las que se encuentran más cerca de los espacios emisores de ruidos. Se deben instalar "con las precauciones que garanticen que no se transmitan al exterior niveles superiores a los establecidos", dice exactamente la ordenanza municipal. Precisamente, también se obligará a que todas las edificaciones de nueva construcción tengan plantas exclusivas para albergar "todos los equipos ruidosos" que estén relacionados con los servicios del edificio. Estas exigencias se han ideado para cualquier proyecto de edificación que no requiera licencia de apertura o de actividad. Uno de los apartados del artículo 42 de la futura normativa, desarrollado en nueve puntos y dedicado en exclusiva a las condiciones acústicas que deben regir en los edificios de nueva construcción, también establece que las instalaciones de climatización, ventilación y refrigeración se proyectarán "siguiendo los criterios y recomendaciones técnicas más rigurosas". Obliga, además, a que los equipos de aire acondicionado se coloquen en recintos o espacios aislados acústicamente. Es el primero de los anexos del documento el que establece los límites permitidos de inmisión en el interior de las edificaciones, es decir, el ruido máximo que se debe recibir del exterior. La cifra varía en función del tipo de inmueble del que se hable. Por ejemplo, el tope más bajo, de 30 decibelios de día (de 8.00 a 22.00) y 25 de noche (de 22.00 a 8.00), se ha fijado para los equipamientos sanitarios. En el caso de una zona residencial, varía según la estancia de la vivienda. En las piezas habitables, excepto cocinas y cuartos de baño, el límite es de 35 (día) y 30 (noche) decibelios. En pasillo, aseos y cocinas se ha establecido un nivel de 40 y 35 y en el de las zonas de acceso común, de 50 y 40 decibelios. Éstas son los topes de percepción de ruido que no se podrán superar en las nuevas edificaciones. El Ayuntamiento también obligará a los promotores a que elaboren un estudio sobre la incidencia en la población de los niveles de ruido generados durante las obras de construcción. Deben indicar los focos de emisión de contaminación acústica, los posibles afectados por estas obras y el horario de trabajo previsto.
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