Málaga, 18/06/05 El alcalde asegura que la competencia para intervenir en el consumo de alcohol es de la juntaEl Consistorio no suprime el 'botellón' porque no le competeLa ordenanza para el control de ruidos en Málaga, aprobada ayer provisionalmente por el Gobierno local, no contiene ningún apartado que aluda a la prohibición de beber en la calleESPERANZA CODINA El proyecto de ordenanza de Prevención y Control del Ruido en Málaga ya está listo y no prohíbe el botellón, tal y como había barajado en un principio el área de Medio Ambiente. Además, así constaba en el borrador del documento, que ayer fue aprobado provisionalmente por la junta de gobierno local. La explicación, según la portavoz del equipo de gobierno del PP, Mariví Romero, es muy sencilla: el Ayuntamiento no tiene las competencias para ello. Según dijo, ése es terreno de la Junta de Andalucía. "Nosotros tenemos competencia en prevención y reducción de daños. Es la comunidad autónoma quien tiene la competencia de la intervención de personas que son adictas" al alcohol, dijo la concejala. Recordó, además, que tanto el alcalde, Francisco de la Torre, como ella misma han reclamado esas competencias en varias ocasiones en el marco de las federaciones andaluza y española de municipios y provincias. "Que la Junta transfiera esas competencias a los ayuntamientos, pero que lo haga con financiación", aseveró Romero. La intención del Ayuntamiento de obviar el botellón en la ordenanza sobre contaminación acústica y de no prohibirlo se puso de manifiesto poco antes de la reunión que mantuvieron los alcaldes de las ocho capitales andaluzas el pasado 6 de junio para tratar este asunto. En Antequera, los regidores coincidieron en que eran "incapaces" de dar una solución a la concentración de jóvenes por la escasez de recursos y competencias, por lo que decidieron pedir ayuda tanto a la Junta de Andalucía como a la delegación del Gobierno central en la comunidad autónoma. La futura norma municipal que ayer se aprobó de manera provisional se fundamenta en una directiva europea de 2002 y desarrolla el reglamento andaluz de Protección contra la Contaminación Acústica. Consta de 91 artículos distribuidos en siete capítulos que, entre otros aspectos, establecen las normas de calidad y prevención acústica, así como de control y disciplina. El documento fija los límites de emisión de ruido permitidos –que no varían respecto a los actuales– y regula, por ejemplo, el horario y las obligaciones en obras públicas y caseras. Uno de los puntos con los que la norma municipal es más severa es con las normas que deben seguir los bares para que la música no trascienda a la calle. Además, el incremento de las sanciones económicas previstas por la ordenanza es significativo respecto a la que aún está en vigor. Para las infracciones muy graves, están previstas multas de entre 12.001 y 300.000 euros e, incluso, la clausura definitiva de un local concreto, en caso de que se trate de un establecimiento ruidoso; para las graves, la sanción oscila entre los 601 y los 12.000 euros. En caso de infracciones leves, la ordenanza fija una multa que puede alcanzar los 600 euros.
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