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Barcelona, 10/06/05

Cierre de bares

BARCELONA ULTIMA UN PROCEDIMIENTO PARA PODER CERRAR AL INSTANTE LOS LOCALES MOLESTOS

R. SUÑÉ / S. ENGUIX

El Ayuntamiento de Barcelona comenzará a aplicar en las próximas semanas la tolerancia cero con los bares y locales de ocio nocturno. Un nuevo modelo de inspección y sanción permitirá a la Guardia Urbana actuar con mayor rapidez y contundencia, en algunos casos con la clausura al instante del establecimiento, contra aquellos empresarios de la noche barcelonesa que rompen la convivencia y esquivan las reglas de juego de los locales de pública concurrencia.

Al amparo de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que atendió la demanda de una vecina de Valencia, el Consistorio cree haber encontrado el procedimiento administrativo que buscaba para ejecutar el cierre preventivo y desalojo de un bar, discoteca o sala de fiestas inmediatamente después de que la inspección determine que ha incumplido, por ejemplo, la normativa sobre exceso de ruido.

El endurecimiento de la capacidad inspectora y sancionadora del Ayuntamiento El Ayuntamiento de Barcelona intensificará el control de los bares y discotecas a partir de primeros de julio lo notarán sobre todo aquellos locales que no se atengan a las condiciones establecidas en la correspondiente licencia de actividades -porque carecen de ella o ejercen actividades distintas a las permitidas- y, muy especialmente, los que superen el número de decibelios permitidos o presenten deficiencias estructurales como, por ejemplo, una insonorización insuficiente.

Hasta ahora el ejercicio de la autoridad que comporta el cierre de un bar o discoteca ruidosos no resultaba tarea fácil. El año pasado, entre órdenes de precinto derivadas de un expediente de inspección, cierres sancionadores -dictados como sanción derivada de un expediente sancionador- y cierres cautelares -consecuencia de un expediente por infracción grave o muy grave- se registró en Barcelona un total de 153 actuaciones administrativas. No obstante, en muchos casos la suspensión de la actividad tuvo un carácter muy limitado y casi siempre retardado. Además, la mayoría de clasuras se debieron a otras cuestiones no directamente vinculadas con el ruido, como la deficiencias en la licencia, los aparatos de aire acondicionado, el consumo de drogas, el exceso de aforo -excepcionalmente- y, sobre todo, los incumplimientos de horarios.

La clausura de los locales no siempre será fulminante. La dirección ejecutiva de los Servicios de Inspección del Ayuntamiento, el departamento encargado de coordinar todos los asuntos relacionados con el ejercicio de la autoridad municipal, está estudiando en qué supuestos el cierre preventivo de un establecimiento de ocio nocturno podrá realizarse después de uno, dos o tres avisos. Fuentes municipales señalan, además, que es muy probable que en algunos de estos casos se actúe con la misma contundencia contra los bares y discotecas cuyos clientes, al salir del local, causan ruido en la calle y molestan al vecindario.

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ha tenido en cuenta el Ayuntamiento de Barcelona para tratar de meter en cintura los locales nocturnos más molestos se hizo pública el pasado mes de noviembre. En ella se condenaba a España por su pasividad ante el daño que el ruido de los pubs estaba ocasionando a una vecina de Valencia, Pilar Moreno Gómez.

La mujer, de 56 años y vecina de la plaza Xúquer -uno de los lugares de copas más tumultuosos de los años ochenta y noventa y que, en 1996, el Ayuntamiento de Valencia declaró zona acústicamente saturada- inició en el año 1997 un largo calvario para que las administraciones local, autonómica y estatal reconocieran su derecho a la vida privada y a la inviolabilidad del domicilio por la invasión sonora.

El Ayuntamiento de Valencia denegó la queja de esta ciudadana por silencio administrativo y la mujer decidió recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que criticó a la demandante que no justificara la duración y la razón de su tratamiento para el insomnio. Pilar Moreno acudió al Tribunal Constitucional para solicitar amparo, pero también en esta ocasión su reclamación fue denegada por considerar que no había demostrado que los ruidos violaran los derechos que reclamaba.

El Tribunal Europeo, con sede en Estrasburgo, sí que escuchó a la demandante. El Gobierno Español alegó en su defensa, entre otros argumentos, que la vecina de Valencia no había probado que sufriera ruidos en el interior de su domicilio y que no hubo "injerencia directa del poder público en el derecho a la intimidad del domicilio y a la vida privada y familiar". La Corte de Estrasburgo rechazó con especial energía el argumento de la prueba del ruido "porque es demasiado formalista, puesto que las autoridades municipales ya habían calificado la zona como acústicamente saturada".

La sentencia del Tribunal de Estrasburgo, que crea jurisprudencia en toda Europa, concede a Pilar Moreno una indemnización de 8.384 euros por daños materiales y morales y por gastos jurídicos.

En paralelo a la iniciativa municipal, la Generalitat se está planteando intensificar el control de los locales nocturno en lo que respecta al aforo y las medidas de seguridad. La actuación del Ayuntamiento tendrá como objetivo prioritario el combate contra el ruido, una patología urbana que ha pasado a ocupar una posición muy destacada en el ranking de preocupaciones de los barceloneses y que en determinadas zonas de alta concentración de bares musicales, como el barrio de Gràcia, es ya el principal motivo de quejas. El malestar ciudadano, que se manifiesta con críticas a la pasividad de las autoridades municipales a la hora de atajar este problema, ha llevado recientemente a un numeroso grupo de entidades vecinales a crear la Coordinadora de Barris de Barcelona contra els Sorolls.

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