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Palencia, 23/02/05

El Tribunal Superior ordena retirar a un bar el equipo musical

El fallo aprecia «temeridad» en el Ayuntamiento al permitir el ejercicio «ilegal» de una actividad
Fernando Caballero
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha dictado una sentencia en la que ordena al bar Podium, ubicado en la calle Empedrada, a retirar de forma inmediata los equipos de música al no disponer de la licencia reglamentaria. Así lo solicitó en varias ocasiones la Federación Social para el Respeto Urbano (Farsu), pero el Ayuntamiento de Palencia no aceptó esta petición, lo que dio origen al proceso judicial que ha cerrado ahora la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ.

El objeto de la sentencia es analizar la pretensión de Farsu de que «cese el ejercicio de una actividad ilegal que se realiza sin la preceptiva licencia de actividad, pues el referido bar Podium no tiene legalizada la instalación de aparatos musicales o de megafonía», según se recoge en el fallo.

Efectivamente, después de analizar los antecedentes, lasala de los Contencioso Administrativo concluye que el local carece de la necesaria licencia de actividad para la instalación de aparatos musicales o de megafonía. La sentencia recoge también las «numerosas denuncias» presentadas por los vecinos del bar por los ruidos procedentes del mismo y las sanciones impuestas por el Ayuntamiento en 1992 y 1994. La última denuncia la presentó en el 2000 Escolástico Fernández Asenjo, presidente regional de Farsu y vecino del bar, quien reclamó al Ayuntamiento que retire el equipo de música.

Sumisión a la ley
La sentencia recuerda que es esencial en el ordenamiento administrativo el principio general de sometimiento a la licencia previa de la actividad que se discute, así como la obligatoria sumisión de cualquier administración a la ley. En este sentido, agrega que un alcalde, cuando tenga conocimiento de que una actividad clasificada funciona sin licencia, deberá proceder a su clausura si no pudiera autorizarse, e incluso aunque pudiera, «si el interés público así lo aconsejara».

En consecuencia, el Ayuntamiento, y en concreto el alcalde, según puntualiza el fallo judicial, debió de haber adoptado la medida solicitada por Farsu, es decir la retirada del equipo de música, «pues el interés público lo exigía». La sentencia añade que la decisión de retirar las instalaciones y aparatos musicales del local es una «una medida de restauración de la legalidad y no sancionadora, proporcionada y apropiada para impedir la continuidad de una actividad clandestina, que se ejerce sin la preceptiva licencia, por tanto sin garantía para el superior principio de respeto a la seguridad y tranquilidad de los ciudadanos».

El TSJ aprecia «temeridad en el comportamiento» del Ayuntamiento de Palencia, «que ha permitido el ejercicio ilegal de una actividad clasificada sin adoptar las medidas legales necesarias para evitar las molestias y perturbaciones que dicha actividad causaba a los vecinos, desoyendo sus quejas y denuncias».

El concejal de Organización del Ayuntamiento, Marco Antonio Hurtado, aseguró ayer que el Ayuntamiento acatará la sentencia y agregó que siempre se ha actuado conforme a informes técnicos y jurídicos.

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