Pamplona, 20/12/05 El Ayuntamiento de Pamplona deberá indemnizar con 353.829,65 euros a los propietarios de la discoteca MarengoLa juez critica al consistorio por conceder las licencias, que luego fueron anuladasLa sentencia sólo ha estimado en parte la reclamación de la empresa, que ascendía a los 1.050.282,47 eurosCARLOS BALANZAEl Ayuntamiento de Pamplona deberá indemnizar con 353.829,65 euros a los propietarios de la discoteca Marengo por los perjuicios que le ocasionó la anulación judicial de las licencias municipales de actividad y obras, lo que conllevó en mayo de 2003 el cierre definitivo de la ampliación del local, ubicado en el número 2 de la avenida de Bayona y antigua sede del Bingo Osasuna. La sentencia, que ha sido dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Pamplona, estima sólo en parte la reclamación de la mercantil Automáticos Pamplona SL, que exigía una contraprestación económica total de 1.050.282,47 euros. La sentencia es recurrible. En junio de 2001 Marengo obtuvo las citadas licencias por silencio administrativo -al no recibir contestación a su solicitud- para abrir Marengo Pub, ubicado en la planta baja del citado inmueble. Sin embargo los vecinos lograron, también vía contencioso administrativa, que se anularan las licencias. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra basó su fallo en el incumplimiento del artículo 12.3 de Decreto Foral 135/1989, que exige que el edificio en el que se ubica la discoteca debe estar aislado del bloque de viviendas y en este caso "se encuentra encajonado". La nueva resolución determina que sólo es indemnizable la cuantía del coste final de las obras con arreglo al proyecto presentado, esto es, los citados 352.829,65 euros, muy lejos de los 891.094,07 que la parte actora reclamaba en concepto de coste final. La juez también ha desestimado conceder una indemnización por los despidos de varios trabajadores (7.015,52 euros), así como por el lucro cesante (105.176). Por último, Automáticos Iruña SL reclamaba los 46.996,88 euros en concepto de gastos judiciales, pretensión que también ha sido desestimada. Además, a la indemnización concedida se deberán restar los beneficios obtenidos durante el tiempo que duró la explotación comercial de la sala de fiestas hasta su cierre y que "se calculará en ejecución de sentencia", matiza la magistrada, quien recuerda que, "además de gastos, la actividad también ha dado lugar a ingresos económicos". ARGUMENTACIÓN JURÍDICABasándose en jurisprudencia anterior, la sentencia advierte que en este caso subyace una responsabilidad patrimonial en el Ayuntamiento al entender que se ha ocasionado "un daño evaluable económicamente de difícil o de imposible reparación", ya que con su concesión previa "se materializa el derecho del propietario a construir". Sin embargo, a la hora de denegar el total de la reclamación, la juez también advierte que los propietarios "eran conscientes del riesgo" que dichas licencias podrían generar, ya que durante la ejecución de las obras tuvieron conocimiento de que los vecinos habían impulsado un procedimiento contencioso administrativo que culminó con las anulación de las mismas. En cuanto a la reclamación por los despidos de trabajadores del Bingo Osasuna, la resolución afirma que "no se ha acreditado en modo alguno" que el cese de su actividad laboral tuviera su origen en la anulación de las licencias. Con parecidos argumentos deniega una contraprestación por el lucro cesante (lo que ha dejado de ingresar) al entender que por este concepto "no se pueden incluir las meras expectativas". Por último, la magistrada también rechaza que el Ayuntamiento deba compensar a la mercantil por los gastos judiciales de abogado y procurador, al afirmar que "no existe nexo causal entre la actuación del Consistorio y la decisión de comparecer en el proceso". Recuerda además que en el procedimiento anterior Marengo era parte codemandada y "defendió la postura de que la licencia era conforme a derecho". zona saturada Fue el Ayuntamiento quien, en cumplimiento de la sentencia del TSJN que anuló las licencias, ordenó el cierre de Marengo Pub, que abrió en abril de 2002. Los magistrados ya criticaron entonces la actitud del Ayuntamiento por haber concedido la licencia "a pesar de ser notorio y público" el malestar de los vecinos de la zona por los ruidos y la saturación de locales, "como para que mirara para otro lado". En esta misma línea la sala tildó de "harto curioso" que se concedieran las licencias al tiempo que se estaba elaborando un expediente para catalogar ese espacio como zona saturada de bares y recuerda que en esas mismas fechas se denegaron los permisos para construir otra discoteca en la calle Fuente del Hierro. La empresa anuncia que recurrirá el falloLa sentencia sólo ha sido bien recibida a medias por la parte demandante ya que sólo le concede una parte de la indemnización que solicitaba. En este sentido, el letrado José Iruretagoyena, que ha representado a Automáticos Pamplona en este procedimiento, anunció ayer la intención de la mercantil de presentar un recurso de apelación. Según explicó el letrado "no estamos conformes, ya que se nos han denegado conceptos indemnizatorios a los que consideramos que tenemos derecho", en referencia a conceptos como el mayor gasto de ejecución de la obra que el reconocido por la juez, el lucro cesante, o los despidos a los que se tuvo que hacer frente". En cualquier caso, el abogado explicó que "aún no hemos perfilado la argumentación jurídica del recurso" ya que la sentencia les fue notificada el viernes. El órgano competente para resolver el recurso será la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el mismo tribunal que resolvió en última instancia la anulación de las licencias, lo que provocó la obligación de cerrar el lcoal.
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