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Sevilla, 17/03/04

El Ayuntamiento pagará 18.000 euros a un vecino de Los Remedios por el exceso de ruido de un bar

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprobará mañana una serie de modificaciones de créditos con el fin, entre otras cuestiones, de acatar una sentencia judicial y pagar 17.891 euros a un vecino de Los Remedios que tuvo que insonorizar su vivienda por el ruido procedente del bar situado en los bajos del inmueble.

La sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) condena al Ayuntamiento de Sevilla por no actuar sobre el bar, tenía exceso de ruido.

El afectado por los ruidos presentó la factura ante el Ayuntamiento por considerarlo responsable patrimonial por su «anormal funcionamiento» en cuanto a vigilancia sobre el local. La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sevilla de 22 de febrero de 2000 rechazó la demanda, por lo que el vecino recurrió a los tribunales.

El fallo dice también que «no hay lugar a la nulidad de la resolución concediendo la licencia inicial al local», advirtiendo al Ayuntamiento del deber que tiene de «hacer cumplir dicha licencia» en los términos concedidos, procediendo a decretar su clausura «en caso de no cumplimiento del mismo».

Este vecino de Los Remedios interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el citado acuerdo de la Comisión que desestimó la reclamación por las molestias que decía sufrir a consecuencia de la actividad del establecimiento ubicado en el inmueble donde reside, así como contra el acuerdo de la Alcaldía de 14 de marzo de 2. 000 que concedía licencia inicial de apertura del local. Así, solicitó sentencia que anulara las resoluciones impugnadas y ordenara al Ayuntamiento la clausura inmediata del local y la condena a dicha Corporación, por anormal funcionamiento, al pago al recurrente de la cantidad de 17. 909´25 euros, coste de la instalación de aislamiento acústico en su domicilio.

Señala la sentencia que se llevó a cabo medición acústica del dormitorio del recurrente el 14 de enero de 1. 989 con «resultados intolerables para la intimidad y el descanso», llevando a cabo inspecciones donde se evidencia que las molestias son debidas a baile y cante, falta de insonorización del local, el permanecer abierto sin límite horario, baile y toque de guitarra, y siendo así que se tramitaron diez expedientes contra dicho bar.

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