Sevilla, 29/06/04 contaminación acústicaUn afectado por el ruido denuncia el impago de una indemnizaciónEl Ayuntamiento asegura que sí ha abonado más de 11.000 euros al denunciante después de una condena del SupremoF. PÉREZ ÁVILA
Aunque el Ayuntamiento asegura que ha pagado la cantidad exigida en la sentencia más 2.721,84 euros de intereses, el abogado que representa a Salcedo, Jesús Burgos, cuenta con una providencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que pide a la Corporación sevillana información sobre el cumplimiento de la sentencia del Supremo. Un portavoz del Ayuntamiento explicó a este periódico que el pago de los 8.477,28 euros se hizo efectivo el día 23 de diciembre de 2003, mientras que los intereses se abonaron el 16 de junio de este mismo año. Sin embargo, el escrito del TSJA data de este mismo mes, "por lo que es imposible que nos hayan pagado en diciembre y no nos hayamos enterado", explicó el representante legal de Salcedo. El caso es que en la cuenta corriente de este funcionario granadino, que lleva en Sevilla casi veinte años, no ha aparecido ingreso alguno del Ayuntamiento. Para Salcedo la situación empieza a ser tan rocambolesca que sólo cabe recurrir a la ironía para hacer frente a la indignación. "A no ser que tenga yo tanto dinero que no haya notado un ingreso de 11.000 euros. A lo mejor es que le han pagado a otro señor de Sevilla que se llama igual que yo, que también ha denunciado al Ayuntamiento y al que el Tribunal Supremo le ha dado la razón. No he recibido ninguna cantidad, lo que dicen en el Ayuntamiento es una mentira". La aventura judicial de Salcedo se inició hace ocho años. El verano de 1996 decidió denunciar a la discoteca Groucho, ubicada en la calle Federico Sánchez Bedoya, por las molestias que le causaba la música, que llegó a provocarle insomnio. Salcedo consiguió, con decenas de actuaciones policiales de por medio, que el Ayuntamiento cerrara la discoteca, pero el local volvió a abrir poco después. A partir de ahí su lucha se dirigió contra el Consistorio, ya que consideraba que no había tomado las medidas pertinentes. El TSJA no se pronunció a su favor porque consideraba que la contaminación acústica no atentaba contra sus derechos fundamentales. Salcedo recurrió al Supremo y éste sí le dio la razón, sentando jurisprudencia. Tras ocho de años de papeleo, ahora sólo quiere cobrar.
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