Castelldefels, 18/06/04 Un Juzgado de Castelldefels procederá en contra de los ruidos que provocan los locales nocturnos de CastelldefelsUna sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado que un juzgado de lo Contencioso-administrativo proceda a tramitar un recurso de amparo judicial de un ciudadano demandante en contra de los ruidos que provocan determinados locales de ocio nocturno en Castelldefels y que presuntamente afectan a los derechos constitucionales de los vecinos, referentes al descanso e intimidad en el domicilio.El 3 de noviembre de 2003 el demandante, J.M.C.M, no recibió ninguna respuesta de una carta dirigida al Ayuntamiento del municipio en la que pidió a éste que "procediese a adoptar todas aquellas medidas pertinentes y adecuados, entre otras, la comprobación de la cantidad de ruidos que están generando los locales de restauración con ambientación musical, ubicados en la Avinguda dels Banys y la Avinguda de la Marina, qué impacto ambiental acústico percibe y padece su vecindad". Además, reclamó "decretar el precinto de los focos de contaminación acústica que provienen de los mencionados locales que no se ajusten a la normativa", y que si procediese, se tomase una medida cautelar y se abriese Wun expediente sancionador o de disciplina". A pesar de que, a continuación, el demandante interpuso un recurso de amparo judicial el 28 de noviembre de 2003, dentro de los plazos legales, que debería haberse tramitado en el plazo de 20 días desde la reclamación, el procedimiento no fue admitido a trámite. De este modo, el Tribunal Superior de Justicia ha fallado estimar el recurso de apelación interpuesto, y revocar y dejar sin efecto el auto impugnado para que se proceda a tramitar el recurso de amparo judicial interpuesto al Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castelldefels.
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