Palamós, 13/02/04 Nueve años sin pegar ojoPalamós debe indemnizar a una familia víctima de la contaminación acústicaFRANCESC SOLÀ
El origen de las molestias se remonta hasta 1991, cuando la empresa Pal Beach Gestió SA se instaló en el polígono de Sant Joan, justo enfrente de la casa de Ana Pérez. Desde el primer día, la distribuidora de la cadena de supermercados Super Stop efectuó actividades de tráfico de mercancías en horario nocturno, pese a que la normativa municipal lo prohibía expresamente. La vecina presentó varias quejas al Ayuntamiento, pero no obtuvo resultado. Los camiones seguían sobrepasando los decibelios permitidos durante el día y destrozando el sueño de Ana y su familia durante la noche. “Impedir o limitar seriamente durante largos periodos de tiempo la conciliación del sueño quebranta gravemente la salud de las personas y atenta contra varios artículos de la Constitución”, señala la sentencia. Por este motivo, condena al Ayuntamiento a pagar 12 euros por cada día de molestias ocasionadas, que comenzaron el día 5 de diciembre del año 1992 y acabaron el 20 de marzo del 2002, cuando se dictó la resolución judicial que ordenaba la paralización inmediata de las operaciones nocturnas de carga y descarga en el centro de distribución. Pero hasta ayer no quedó fijada la cantidad que el Ayuntamiento deberá pagar por los daños y perjuicios morales. Finalmente, la magistrada ha considerado que los daños físicos provocados por la dilatada exposición al ruido no han podido acreditarse y ha condenado al Ayuntamiento de Palamós a indemnizar a la vecina con 40.680 euros por los daños morales ocasionados.
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