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Oviedo, 13/11/03

La Fiscalía medirá los ruidos en Buenavista por si existe delito

El TSJA reclamará informes a la Consejería de Educación y al Ayuntamiento
Considera «poco fiables» las mediciones municipales
Isabel González
INVESTIGACIÓN
Medición: el fiscal solicitará una nueva medición a la Consejería de Medio Ambiente o al Seprona, «más fiable» que la realizada por un técnico municipal.

Ayuntamiento: pedirá al Consistorio, como responsable de la obra, informes sobre el caso.

Educación: ha pedido un informe a la consejería en el que explique «las medidas adaptadas».

Un informe completo y con mediciones «fiables». El fiscal encargado de los asuntos medioambientales del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), Joaquín de la Riva, pedirá que se realicen nuevas mediciones en el colegio de Buenavista II para comprobar los niveles de ruidos y vibraciones que generan las obras del Palacio de Congresos que la empresa Jovellanos XXI desarrolla en parcela del antiguo Carlos Tartiere.

El fiscal decidió abrir diligencias de investigación el pasado 28 de octubre, tras recibir una denuncia de la Asociación de Padres del Colegio Buenavista II en la que informaban de un problema de contaminación acústica que podía afectar a los escolares. La denuncia «puede ser constitutiva de un delito contra el medio ambiente», aclaró De la Riva ayer.

La única medición que tiene la Fiscalía es la realizada por un técnico municipal el pasado 3 de noviembre. De la Riva aseguró que este informe es «poco fiable», ya que «no constan las circunstancias en las que se hizo la evaluación». El fiscal solicitará otra medición, aunque desconoce si encargará los sonómetros a la Consejería de Medio Ambiente o al Seprona.

La Fiscalía solicitó ayer a la Consejería de Educación un informe «sobre qué medidas ha adoptado y si tiene otras en previsión». Además, en los próximos días requerirá al Ayuntamiento que informe «sobre las obras y las medidas de seguridad tomadas».

Sólo una sentencia
De la Riva puntualizó que la simple superación de los límites legales de ruidos y vibraciones «no significa que haya un delito». Además debe existir un «grave riesgo para la salud y eso es muy difícil de demostrar».

El delito ecológico está tipificado en el Código Penal desde 1983. En 20 años, sólo ha habido una «sentencia penal». Si no existiera delito, los padres deberían recurrir a la vía Administrativa para pedir sanciones.

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