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Cullera, 30/1/3

Dos sentencias declaran nulas las licencias de actividad a dos locales de ocio de Cullera

La juez critica al Ayuntamiento por no atender las quejas de los vecinos

Los juzgados han dado la razón a los vecinos respecto a la concesión de licencias a dos locales de ocio realizada por el Ayuntamiento de Cullera. Las sentencias han anulado las licencias y critican el modo de actuar del Consistorio, censurando su pasividad y que las alegaciones vecinales son "justas y acertadas''.

MANUEL GARCÍA

Los juzgados de lo contencioso administrativo de Valencia han declarado la nulidad de dos licencias de locales de ocio de la zona de las calles Barcelona, Madrid, Algemesí y Lorenzo Borja de Cullera concedidas por el Ayuntamiento de la localidad de la Ribera Baixa, quien también recibe duras críticas en ambas sentencias.

Los vecinos de dichas calles han venido quejándose durante años de los excesos de ruidos que sufrían "como consecuencia del gran número de pubs y discotecas que el Ayuntamiento de Cullera autorizaba concediendo cada año licencias nuevas''.

Así lo manifestó el abogado vecinal Andrés Morey, quien también pertenece a una asociación estatal de juristas contra el ruido y colabora con una plataforma contra la contaminación acústica.

En una de las sentencias, a la juez le llama "poderosamente la atención que la administración demandada (el Ayuntamiento) en uso de sus competencias, ante las denuncias de los vecinos de que el local se encontraba en funcionamiento sin licencia y de que se habían realizado obras sin licencia, no procediera a incoar expediente de restauración de la legalidad infringida, procedimiento sancionador y de cierre del local''.

También critica la sentencia que los informes que constan en el expediente, "no solamente resultan formularios vacíos de contenido, sino que además no tienen en cuenta las alegaciones'' de los vecinos, que calificó de "justas y acertadas''.

"El pretendido cambio de titularidad'' alegado por el Ayuntamiento "resulta una falacia carente de fundamento'', señaló la juez, además de declarar "la temeridad y mala fe'' del Ayuntamiento de la localidad de la Ribera Baixa. En la segunda de las sentencias, el local objeto de la denuncia "no tenía licencia municipal de apertura y carece de todo fundamento que se pretenda que disponía de licencia municipal de apertura de fecha desde el año 86 y que nos encontramos ante un cambio de titularidad''.

Las sentencias, según opinó el letrado, "critican abiertamente la inoperancia municipal ante las quejas vecinales, así como la tolerancia respecto a las actividades clandestinas que se producen. En ambas sentencias se condena en costas al Ayuntamiento'', apuntó Morey, quien añadió que pese a que se señala "la pasividad municipal, no se se reconoce una indemnización a los demandantes por considerarse insuficiente la concreción de los daños a los vecinos''.

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