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Segovia, 29/1/3
LA ELIPSE

Contra el ruido

ÁLVARO GÓMEZ

EN España existe un cuerpo normativo inmenso, casi desproporcionado para atender a las situaciones anómalas, incorrectas o conductas ilegales. Existe un grueso de medidas que difícilmente se puede llevar a la práctica, en opinión de una buena parte de los juristas. Además, es común actuación de éste y todos los gobiernos, el aplacar las situaciones de indignación e incertidumbre con un bloque de medidas legislativas, como diciendo: ¡Ahí va eso, cállense!

Lo hemos visto constantemente con ofensivas que, casualmente siempre llegan en caliente, cuando están las ampollas a flor de piel en la población, a consecuencia de algún percance del tipo del terrorismo, malos tratos, delincuencia juvenil o cualquier otro asunto espinoso. Obviando que no resulta lo más aconsejable legislar en caliente (sería como preguntar tras un asesinato de ETA si se está de acuerdo con la pena de muerte o cadena perpetua) además se da la circunstancia de que muchas leyes que aprueba el Parlamento suponen nulos avances al tratarse de mínimas modificaciones de directrices que ya existían, o al escribir los argumentos legales de una casuística predefinida.

Lo fundamental a la hora de armarse de unas leyes es tener claro el objetivo y, sobre todo, poner los medios para que se pueda llevar a cabo. Me vienen a la mente las críticas por insuficiencia de partidas económicas y logísticas en la aplicación de la Logse, la Ley del Menor, los juicios rápidos y otras muchas situaciones variadas. Todo ello a colación de la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que ha confirmado la indemnización a los afectados por el exceso de ruido del pub Maki, en Ayllón.

Actualmente ya no existe, según tengo entendido, el tal pub Maki, pero desde luego conozco decenas de casos similares en los que la falta de cintura, la lentísima capacidad de respuesta de la administración de Justicia y la indefensión en que se encuentran los afectados (que acaban teniendo que soportar costosísimos procesos para defender su derecho al descanso o cualquier otro derecho básico) terminan por hacer claudicar o anular las legítimas reclamaciones. Es sencillo, a veces suele resultar más económico rentable asumir el coste de una multa o expediente que cumplir la ley, habida cuenta las características de éstas.

Este hombre, el del pub ruidoso, ha recibido 9.000 euros como indemnización, pero el mal y el perjuicio ya está hecho por lo que, dado que no se puede recomponer la situación y eludir sus efectos nocivos, al menos la aplicación de la justicia debería incluir algún mecanismo compensatorio mayor, o evidenciar una mayor capacidad para dictar sentencias modélicas y que sirvan de auténtico aviso para navegantes.

Celebro estas victorias que, aunque pírricas y tardías, supongan el triunfo del sentido común ante un atropello diario de ese tipo. Sentencias que evidencian una vez más que por encima de la capacidad de crear leyes (o si no, pregúntenselo a los ingleses que saben de jurisprudencia más que nadie) lo importante es contar con medios humanos y económicos para situar, lo más velozmente posible, a las dos partes sobre la balanza y que el juez hable.

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