Madrid, 18/1/3 Una nueva ley establecerá mapas de ruido en las ciudades «calle por calle»A. ACOSTAEl anteproyecto de la ley del Ruido contempla el cierre de locales de ocio y limitaciones al tráfico en zonas donde se superen los niveles acústicos permitidos El anteproyecto de la ley del Ruido, que el Ministerio de Medio Ambiente acaba de presentar a las Comunidades Autónomas y espera elevar al Consejo de Ministros dentro de este semestre, pretende prevenir, vigilar y reducir los niveles de contaminación acústica para evitar molestias y daños a la salud y el medio ambiente. Para ello, la futura ley del Ruido clasificará el territorio humanizado español en áreas acústicas en función del predominio del uso del suelo (residencial, industrial, recreativo y de espectáculos, terciario distinto al anterior, sanitario y docente, afectado por infraestructuras de transporte y determinados espacios naturales). Para cada área acústica el Gobierno fijará unos objetivos de calidad teniendo en cuenta los valores de los índices de inmisión y emisión, el grado de exposición de la población y especialmente de los grupos sensibles, la sensibilidad de la fauna y de sus hábitats, la presencia de patrimonio histórico y la viabilidad técnica y económica. Pero además, también se fijarán objetivos de calidad aplicables al espacio interior de las edificaciones destinadas a vivienda, usos residenciales, hospitalarios y educativos o culturales. Zonas de servidumbre acústicaEn cuanto a las zonas afectadas al funcionamiento de infraestructuras de transporte viario, ferroviario o aéreo pasarán a formar parte de lo que se llamarán zonas de servidumbre acústica, igual que los sectores del territorio situados en el entorno de esas infraestructuras. Esta nueva figura implica que si se quiere edificar en esa zona habrá que hacerlo con una calidad de la construcción que garantice los objetivos de calidad acústica dentro del interior de la vivienda -algo que tendrán que tener en cuenta los ayuntamientos a la hora de conceder licencias-. En el caso de que se declare una nueva zona de servidumbre por la construcción de una infraestructura y en ese territorio haya edificaciones preexistentes, la Administración titular de la infraestructura deberá garantizar las medidas correctoras para cumplir con los objetivos de calidad acústica y, en el supuesto de que esto no sea viable, se garantizarán por lo menos los objetivos de calidad acústica del interior de la vivienda.Los valores límites de inmisión y emisión estarán basados en índices acústicos homogéneos correspondientes a las 24 horas del día (periodo diurno, vespertino y nocturno) de todas las fuentes de ruido como vehículos, ferrocarriles, aeronaves, infraestructuras, obras de construcción de edificios y de ingeniería civil, actividades industriales, comerciales y deportivo-recreativas y de ocio. Por tanto, los titulares de estos emisores acústicos están obligados a respetar estos valores límite. A partir de los objetivos de calidad y de los índices de emisión, las ciudades de más de 250.000 habitantes y los grandes ejes viarios deberán contar con un mapa de ruido antes de 2007, una fecha que se extiende hasta 2012 en el caso de poblaciones de entre 100.000 y 250.000 habitantes . Estos mapas de ruido contendrán información sobre contaminación acústica «calle a calle y fachada a fachada», según dijo ayer el director general de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, Germán Glaría, quedando aquí recogidos para cada barrio, o la zona que la Administración competente determine, los valores límite y objetivos de calidad acústica. Una vez fijados los límites de emisión para cada zona, las grandes ciudades deberán contar con planes de acción con medidas correctoras de ruido antes de 2008 y antes de 2013 para municipios de más de 100.000 habitantes. Las áreas acústicas en las que se incumplan los objetivos de calidad, aun cuando los emisores estén cumpliendo con los valores límite, serán declaradas Zonas de Protección Acústica Especial. En estas zonas se podrán aplicar restricciones horarias a la ejecución de obras, a la circulación de algunos vehículos a motor o prohibir la instalación de un nuevo centro emisor, como pueden ser los bares, o cerrar los existentes. Por su parte, en las zonas donde a pesar de los planes no se reduce lo suficiente el nivel de ruido (Zonas de Situación Acústica Especial) se deberá garantizar que en las nuevas construcciones se respete el límite de calidad acústica en el interior. Si esto no se cumple, la disposición adicional tercera de la ley recoge la obligación del saneamiento por vicios o defectos ocultos, por lo que el comprador podrá exigir al vendedor que repare el defecto. Límites a la edificaciónLa nueva ley obligará a los Ayuntamientos y Comunidades a planificar su urbanismo según las áreas acústicas. En este sentido, si se prevé que en una zona se puedan superar los objetivos de calidad acústica, la ley impone limitaciones a nuevas edificaciones. Además, en la disposición adicional segunda se recoge una modificación a la Ley de Ordenación de la Edificación, en la que se insta a cumplir lo que dicta la nueva norma y a contar con un sistema de certificación acústica de las edificaciones para cumplir con la protección contra el ruido.
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