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Valencia, 7/4/3

Los vecinos intensifican sus demandas tras la primera pena de prisión por ruido

Afirman que puede ser un precedente y los abogados ya incluyen esta sentencia en sus denuncias

La reciente condena a prisión a un hostelero de Palencia por infringir la normativa contra el ruido ha dado alas a los afectados valencianos. Vecinos y abogados especializados en medio ambiente aseguran que esta sentencia del Tribunal Supremo es un precedente y reforzará sus argumentos contra empresarios de ocio que incumplen la ley.

E. PÉREZ

'Es el final de una etapa en la que el ruido formaba parte de nosotros, en la que la sensación que teníamos era de absoluta impotencia, de desamparo, de que te había tocado la china y te tenías que aguantar'. Juan Antonio Caballero, portavoz de la Confederación de Asociaciones de Vecinos de la Comunidad Valenciana, considera 'muy positiva' la reciente sentencia del Tribunal Supremo en la que ratifica la condena a dos años y tres meses de cárcel contra el propietario de un local de fiestas de Palencia por un delito contra el medio ambiente en su modalidad de contaminación acústica.

Este representante añade que el fallo refuerza sus demandasy que sus efectos se van a dejar notar en las sentencias que se dicten a raíz de denuncias de casos similares. En la Comunidad Valenciana no faltan casos. Torrevieja, Valencia, Siete Aguas o Cullera son municipios con zonas que padecen el ruido generado por empresarios que no cumplen la normativa vigente, según los vecinos.

En la sentencia del Supremo se penaliza el reiterado incumpli miento de la normativa anti-ruido autonómica y municipal por parte de un empresario de un restaurante y sala de fiestas, que fue sancionado en 10 ocasiones y multado reiteradamente por no instalar un limitador de potencia en los equipos de música.

En su argumentación, el alto tribunal recoge fundamentos de la Audiencia de Palencia al subrayar que el empresario puso 'en serio peligro la integridad física, psíquica y la intimidad personal y familiar' de los vecinos. Muchos de ellos tuvieron que abandonar sus hogares y, quienes se quedaron sufrieron importantes trastornos nerviosos, como alteraciones del sueño y aumento del estrés.

La gravedad del daño causado refuerza la condena, basándose en el artículo relativo a delitos contra el medio ambiente del Código Penal que establece, entre otras, penas de prisión de seis meses a cuatro años.

Cambio de opinión

También los expertos en Derecho subrayan la importancia de este fallo. El responsable de medio ambiente y urbanismo del Colegio de Abogados de Valencia, Pablo Delgado, explicó que la resolución 'va a empezar a hacer cambiar la opinión de muchos magistrados y jueces en la aplicación de preceptos que son claros'.

De hecho, Delgado añadió que algunos letrados ya están utilizan do la sentencia 'como argumento jurisprudencial' al plantear sus denuncias y que incluso los propios afectados ya tienen conciencia de los fundamentos establecidos.

Por su parte, el letrado valenciano Andrés Morey, miembro de una asociación estatal de juristas contra el ruido, lo consideró 'muy relevante' porque 'por fin ha habido un tribunal que ha confirmado algo así y ha abierto una puerta'. Morey aseguró que la sentencia 'es un precedente y puede crear jurisprudencia'.

Morey añadió que, generalmente, los tribunales 'tienden a desviar el tema a cuestiones contencioso- administrativas' al no considerar el daño producido 'lo suficientemente grave' para la jurisdicción penal.

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