Granada, 12/6/2002 JUICIO VISTO PARA SENTENCIAEl fiscal pide 18 meses de cárcel para el dueño de un pub por exceso de ruidoEl Juzgado de lo Penal 5 de Granada ha dejado el martes visto para sentencia el primer juicio celebrado en Andalucía contra un bar de copas por un delito medioambiental cometido al excederse en las emisiones sonoras de sus equipos de música. El fiscal ha pedido una pena de dieciocho meses de prisión y una multa de 730.000 pesetas para el dueño del pub 'Salsa' de Granada por un delito contra el medio ambiente por considerar que el elevado nivel de ruidos del local puso en grave riesgo la salud de las personas que habitan las casas vecinas.Por su parte, el denunciante, un vecino que vivía encima del pub y que ejerce acusación particular, solicita dos años de cárcel para el dueño del pub, Miguel Angel C.M., y el pago de una multa de 1,2 millones de pesetas y de una indemnización de 120.202 euros (unos veinte millones de pesetas) por daños y perjuicios. Los acusadores sostienen que, al margen del incumplimiento total de horarios y de acumular basuras en los exteriores del local, la emisión de ruidos por encima del nivel permitido deteriora el medio ambiente y altera gravemente las condiciones de vida de los vecinos, dos elementos que aparecen como constitutivos de un delito contra el medio ambiente en el artículo 325 del Código Penal. La acción penal contra el pub se produjo por la denuncia de un vecino ante el juez, que durante la instrucción del caso constató que el establecimiento había desobedecido los reiterados requerimientos y actuaciones llevada a cabo en el ámbito administrativo. El denunciante aseguró que tras soportar durante más de dos años y medio el ruido y las vibraciones del pub se vio obligado a cambiar de domicilio, mientras que su esposa tuvo que someterse a tratamiento psicológico por el estado de ansiedad que le provocaban las emisiones acústicas del establecimiento. Por su parte, el propietario del 'Salsa', cuyo letrado pidió la libre absolución, aseguró que el local cumplía todas las normas para la actividad que desarrollaba y que, salvo los denunciantes, ningún vecino de la zona les planteó problemas con el ruido. El juez de lo Penal 5 desestimó al comienzo de la vista oral la petición de nulidad planteada por el abogado del acusado que alegaba vulneración de derecho de defensa porque su cliente no estuvo presente en la medición sonora.
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